Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 07/12/1996

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO PRIMERA INSTANCIA Nº 16 DE SEVILLA

EDICTO sobre cédula de notificación y emplazamiento. (PP. 3873/96).

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Número: 993/96. Ngdo.: 3. Procedimiento: Menor cuantía. De Hermandad Santa Caridad Señor Jesucristo. Procurador Sr. López de Lemus, Juan. Contra Herederos de José Morilla Gálvez, Herederos de Rosario Belloso y Herederos de Rosario Recio Belloso.

En autos de menor cuantía seguidos al número 993/96 a instancias de Hermandad Santa Caridad Señor Jesucristo contra Herederos de José Morilla Gálvez, Herederos de Rosario Belloso y Herederos de Rosario Recio Belloso sobre menor cuantía, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Propuesta de Resolución, Secretaria doña Rosa M.ª Rodríguez Rodríguez. Providencia Magistrado-Juez, don Joaquín Pablo Maroto Márquez.

En Sevilla, a siete de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

Por recibido en este Juzgado el anterior escrito de demanda, documento y poder debidamente bastanteado y copias simples, regístrese en el libro de su clase, numérese y fórmese correspondiente juicio de Menor Cuantía, teniéndose como parte en el mismo a Hermandad Santa Caridad Señor Jesucristo y en su nombre al Procurador López de Lemus, Juan, representación que acredita con la copia de escritura de poder general para pleitos, que le será devuelta en su caso, una vez testimoniada en autos, entendiéndose con el referido Procurador las sucesivas diligencias en el modo y forma previsto en la Ley.

Se admite a trámite la demanda, que se sustanciará de conformidad con lo preceptuado por el artículo 680 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, entendiéndose dirigida la misma frente a Herederos de José Morilla Gálvez, Herederos de Rosario Belloso y Herederos de Rosario Recio Belloso a quien, y dado su paradero desconocido, se emplazará en legal forma para que, si le conviniere, dentro del término de diez días se persone en los autos por medio de Abogado que le defienda y Procurador que le represente, bajo apercibimiento que de no verificarlo será declarado en situación legal de rebeldía procesal, dándose por precluido el trámite de contestación.

Para que tenga lugar, publíquese Edictos en el BOJA, y tablón de anuncios del Juzgado.

Contra esta Resolución cabe recurso de reposición en el plazo de tres días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

Lo que así se propone y firma, doy fe.

Conforme, el Magistrado Juez, la Secretaria.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los demandados Herederos de José Morilla Gálvez, Herederos de Rosario Belloso y Herederos de Rosario Recio Belloso se entiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento en Sevilla, a siete de noviembre de mil novecientos noventa y seis.- La Secretaria.

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