Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 12/12/1996

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Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 29 de noviembre de 1996, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Algeciras (Cádiz). (PD. 4076/96).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

D I S P O N G O

Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE ALGECIRAS. EMALGESA (ALGECIRAS), CADIZ

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Cuota fija o de servicio.

Diámetro del contador en mm.

13 374 ptas.

15 440 ptas.

20 672 ptas.

25 1.058 ptas.

30 1.808 ptas.

40 2.776 ptas.

50 2.925 ptas.

65 3.887 ptas.

80 4.940 ptas.

100 y mayores 7.072 ptas.

Se aplicará el mayor de los dos valores siguientes:

a) El de la tabla según calibre del contador.

b) El resultado de multiplicar el número de viviendas y/o locales suministrados, por la cuota correspondiente a un contador de 13 mm.

Cuota variable o de consumo.

Consumo doméstico:

Hasta 7 m3 por mes 58 ptas./m3 Más de 7 m3 hasta 12 m3 mes 77 ptas./m3 Más de 12 m3 mes en adelante 84 ptas./m3

Para comunidades que se les facture mediante contador general, los límites de cada uno de los bloques se multiplicarán por el número de viviendas.

Consumo comercial.

Bloque único 88 ptas./m3

Consumo industrial.

Bloque único 88 ptas./m3

Organismos oficiales.

Bloque único 88 ptas./m3

Otros usos.

Bloque único 88 ptas./m3

Tarifas especiales. Pensionistas y Jubilados.

Para los Pensionistas y Jubilados cuyos ingresos, teniendo en cuenta los de todos los miembros de la unidad familiar, sea inferior al salario mínimo interprofesional, se establece una tarifa especial consistente en aplicar una reducción del 50% en la Cuota Variable o de Consumo.

Cuota variable o de consumo:

Hasta 7 m3 por mes 29 ptas./m3 Más de 7 m3 hasta 12 m3 mes 38,5 ptas./m3 Más de 12 m3 mes en adelante 42 ptas./m3

Ferias y esporádicos:

Se facturará mediante tanto alzado en función del número de días suministrados, de la forma siguiente:

Cuota fija: La cantidad resultante de prorratear la cuota fija mensual del contador del calibre 13 por número de días de utilización.

Cuota variable: Se considerará una utilización diaria de 5 horas, a razón del caudal nominal del contador de 13 mm, al precio de la tarifa industrial.

Derechos de acometida:

Parámetro A: 2.880 ptas./mm.

Parámetro B: 32.967 ptas./L/seg.

Cuotas de contratación y reconexión.

Calibre del contador en mm.

13 4.041 ptas.

15 5.308 ptas.

20 8.475 ptas.

25 11.642 ptas.

30 14.809 ptas.

40 21.142 ptas.

50 27.476 ptas.

65 36.976 ptas.

80 y mayores 46.477 ptas.

Fianzas.

Calibre del contador mm.

13 4.459 ptas.

15 5.146 ptas.

20 12.287 ptas.

25 24.357 ptas.

30 60.737 ptas.

40 97.115 ptas.

50 y mayores 121.394 ptas.

En los casos de suministros contra incendios, la fianza será la que correspondiera para un mismo tipo de suministro con un contador de 25 mm.

Para los suministros esporádicos, temporales o circunstanciales, como obras, ferias, etc., el importe de la fianza se elevará hasta el quíntuple de la cuantía resultante de lo dispuesto anteriormente.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 29 de noviembre de 1996

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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