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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Benatae, se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 22-2-1, 79 y 80 de la Ley
7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, arts. 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio.
Siendo competente la Delegada de Gobernación de la Junta de Andalucía para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.
En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:
Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante venta directa de parcela sobrante, acordada por el Excmo. Ayuntamiento de Benatae (Jaén), en sesión plenaria de 16-5-96, en C/ República Argentina, s/n. Superficie:
29,93 m. Linderos: Norte, con medianería propiedad del Ayuntamiento; Sur, con Ctra. a Siles, hoy C/ República Argentina; Este, con medianería propiedad del Ayuntamiento; Oeste, con medianería propiedad de don José González Z. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Orcera al tomo 678, Libro 31, Folio 185, Finca 2949. Inscripción 1ª
Valor pericial: 89.790 ptas.
La presente Resolución se remitirá al BOJA para su publicación.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes, desde el recibo de la presente, recurso ordinario, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía, bien directamente, o a través de esta Delegación de Gobernación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Jaén, 26 de noviembre de 1996.- La Delegada, Mª del Mar Moreno Ruiz.
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