Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 31/01/1996

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 18 de enero de 1996, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se señala fecha para el levantamiento de actas previstas a la ocupación de las obras previas del proyecto que se cita. (2-CA-174).

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La Dirección General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en fecha 14-8-95, ordenó la iniciación del expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras del proyecto clave: 2-CA-174 «Reordenación de accesos entre Chipiona y Rota¯.

El citado proyecto fue aprobado por el Consejero de Obras Públicas y Transportes con fecha 22-2-95, llevando implícita esta aprobación la declaración de utilidad públicas y la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el art. 8 de la Ley 25/88, de 29 de julio, de Carreteras, habiéndose declarado de urgencia la ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a efectos de aplicación del procedimiento que regula el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 y siguientes de su reglamento, por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de fecha 14-11-95.

En su consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2º del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se hace saber a los afectados de las fincas que se relacionan que deberán personarse en el Ayuntamiento que en anexo se indica, en la fecha y hora asimismo relacionadas, para sin perjuicio de trasladarse al terreno, intervenir en el levantamiento del acta previa a la ocupación de su finca, advirtiéndole que en dicho acto podrá hacer uso de los derechos que al efecto determina el mencionado art. 52 en su párrafo 3º , como también, que deberán aportar a dicho acto los documentos acreditativos de sus derechos y el último recibo de la contribución.

Los interesados, así como las personas que, siendo titulares de algún derecho o intereses económicos directos sobre los bienes afectados, podrán formular por escrito ante esta Delegación Provincial hasta el día señalado para el levantamiento de las actas previas, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores y omisiones que se hayan podido padecer.

Cádiz, 18 de enero de 1996.- El Delegado, José J.de Mier Guerra.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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