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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente doña Sacramento Carrillo Barón en representación de Albamatic recaída en el expediente sancionador número AL-9/93/M, por la presente se procede a hacer pública la misma en su parte dispositiva final, al no haberse podido practicar en su domicilio.
Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.
«En la ciudad de Sevilla, a diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y tres.
Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de especial y general aplicación, resuelvo no admitir el recurso ordinario interpuesto fuera de plazo confirmando la resolución recurrida.
Contra la presente resolución -dictada en virtud de Orden de 29 de julio de
1985, de delegación de atribuciones-, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.- El Viceconsejero de Gobernación, P.D. (Orden
29.7.85). Fdo.: Plácido Conde Estévez¯.
Sevilla, 15 de marzo de 1996.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.
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