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Advertidos errores en el Título del Anexo y en la redacción del artículo
21 del Reglamento de la Denominación de Origen «Priego de Córdoba¯ y de su Consejo Regulador, aprobado por Orden de 29 de noviembre de 1995 (BOJA número 158 de 14 de diciembre de 1995), a propuesta del mismo y en uso de las facultades conferidas.
D I S P O N G O
Artículo 1º Se modifica el título del anexo de la Orden de 29 de noviembre de 1995 (BOJA núm. 158 de 14 de diciembre de 1995), cuya nueva redacción queda como sigue:
A N E X O
REGLAMENTO DE LA DENOMINACION DE ORIGEN «PRIEGO DE CORDOBA¯ Y DE SU CONSEJO REGULADOR
Artículo 2º Se modifica el artículo 21 del Reglamento de la Denominación de Origen «Priego de Córdoba¯ y de su Consejo Regulador, aprobado por Orden de
29 de noviembre de 1995 (BOJA número 158 de 14 de diciembre de 1995), cuya nueva redacción queda como sigue:
«Las marcas, símbolos, leyendas publicitarias o cualquier otro tipo de propaganda que se utilice en los aceites vírgenes extras protegidos por la Denominación de Origen no podrán ser empleados, ni siquiera por los propios titulares, en la comercialización de otros aceites¯.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de marzo de 1996
PAULINO PLATA CANOVAS
Consejero de Agricultura y Pesca,
en funciones
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