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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 1 de diciembre de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 735/1993, promovido por Miguel Gallego, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que, estimando en parte el recurso formulado por la compañía «Miguel Gallego, S.A.¯ conta la resolución que se dice en el encabezamiento de esta sentencia, debemos anular y anulamos parcialmente dicha resolución en cuanto a la primera de las sanciones por importe de 50.100 pesetas, la que dejamos sin efecto, confirmándola en cuanto al resto. Todo ello, sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 13 de marzo de 1996.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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