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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 27 de noviembre de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 499/1994, promovido por Construcción y Restauración de Edificios, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Construcciones y Restauración de Edificios, S.A. contra las Resoluciones de 6-10-93 de la Dirección General de Trabajo de la Junta de Andalucía recogida en el Primer Fundamento de Derecho, la cual confirmamos por su adecuación con el ordenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 25 de marzo de 1996.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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