Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 20/04/1996

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BENALMADENA

ANUNCIO de bases

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BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE 18 PLAZAS DE GUARDIAS DE LA ESCALA ADMON. ESPECIAL, SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES CLASE POLICIA LOCAL, POR EL SISTEMA SELECTIVO DE OPOSICION, APROBADAS POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 25-1-96.

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad mediante oposición libre, de 18 plazas de la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, más las vacantes que pudieran producirse hasta la finalización del procedimiento selectivo, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría Policía Local.

1.2.- Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el art. 14 de la Ley 1/1989, de 8 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, se encuadran en el grupo D del art. 25 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2.- LEGISLACION APLICABLES

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 1/1989, de 8 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, Decreto 196/1992, de 24 de noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de las Policías Locales de Andalucía, Orden de 29 de enero de 1993 de la Consejería de gobernación, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional, de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración local, y demás legislación aplicable.

3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Lo manda y firma el Ilmo. Alcalde-Presidente don Enrique Bolín en Benalmádema, para público conocimiento.

Benalmádena, 22 de marzo de 1996.- El Secretario, El Alcalde.