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Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, se ha interpuesto por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, recurso contencioso-administrativo núm. 2234/95-S.3ª, contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, de 20 de octubre de 1995 (BOJA núm. 136 de 26 de octubre), por la que se modifica el período hábil de zorzal para la temporada 1995/96 en la provincia de Cádiz. En consecuencia, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo núm.: 2234/95-S.3ª
Segundo. Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas, terceros interesados a cuyo favor hubieren derivado o derivaren derechos por la disposición impugnada para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala, en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente.
Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 10 de mayo de 1996
JOSE LUIS BLANCO ROMERO
Consejero de Medio Ambiente
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