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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Baeza, se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22.2.l, 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, artículos y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio.
Siendo competente el Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.
En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:
Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta, acordada por el Ilmo. Ayuntamiento de Baeza (Jaén), en sesión plenaria de 26-3-96, de una vivienda sita en el núm. 11 de la C/ Diego de Hoces, de Baeza, de propiedad del Ayuntamiento:
Vivienda sita en el núm. 11 de la C/ Diego de Hoces: De 315 m de superficie; linderos: Al Norte con solar núm. 21; al Sur, con C/ Diego de Hoces; Este, vivienda núm. 13; Oeste, vivienda núm. 9 de la C/ Diego de Hoces. Valor de licitación: 4.945.495 ptas.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Baeza, al Tomo 996, Libro 442, Folio 41, Finca 37.206, Inscripciónª
Segundo. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Baeza.
Tercero. Remitir la presente Resolución al BOJA.
Jaén, 26 de abril de 1996.- El Delegado, Miguel Ocaña Torres.
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