Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 29/06/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 30 de mayo de 1996, de la Delegación de Gobernación de Granada, por la que se da conformidad a la enajenación por subasta de un solar, propiedad del Ayuntamiento de Murtas (Granada).

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Murtas (Granada), se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 22.2.l,

47.3.k), 79 y 80, de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: arts. 79.1 y 80, del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; arts. 109.1, 112.1, 113, 114,

118 y 119, del Real Decreto 1372/86, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del presupuesto ordinario de la corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9, del Decreto 29/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación por subasta de un solar de 272 m, sito en La Cortijada «El Collado¯ del término municipal de Murtas, propiedad del Ayuntamiento de Murtas, con la calificación jurídica de bien patrimonial. Linda al Norte y al Oeste con tierras de don José Pérez Alcalde y al Sur y al Este con Camino Rural del Collado al Cortijo de los Pérez. Signatura registral: Está inscrito en el Registro de la Propiedad de Ugíjar al Tomo 714, Libro 85, Folio 142, Finca núm. 9.092, inscripción 1ª Valorado en cincuenta y cuatro mil cuatrocientas pesetas (54.400 ptas.).

Segundo. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Murtas (Granada).

Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Contra esta Resolución podrá interponerse recurso ordinario, regulado en el art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Granada, 30 de mayo de 1996.- El Delegado, Jesús Quero Molina.

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