Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 06/07/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

ORDEN de 10 de junio de 1996, de delegación de competencias.

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La Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, establece en su artículo 34, el principio de eficacia como uno de los pilares en los que debe fundamentarse la gestión administrativa, siendo necesario para ello agilizar los procedimientos administrativos de acuerdo con los principios de economía y celeridad.

Por todo ello, de acuerdo con el artículo 47.1 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, y artículo 50.3 de la Ley General de la Hacienda Pública de la misma

DISPONGO

Artículo Unico. Se delega en el Viceconsejero, la facultad que la legislación de contratos atribuye al órgano de contratación de acordar la iniciación de los expedientes de contratos de obras, gestión de servicios públicos, suministros, consultoría y asistencia, servicios y trabajos específicos y concretos no habituales de la Administración.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de junio de 1996

JOSE LUIS BLANCO ROMERO

Consejero de Medio Ambiente

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