Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 30/07/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 10 de julio de 1996, de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el recurso contencioso-administrativo núm. 1751/93, interpuesto por don José Martínez Santaolalla.

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En el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1751/93, interpuesto por don José Martínez Santaolalla, representado por la Procuradora Sra. Gómez Sánchez y defendido por Letrado en ejercicio, contra resolución del Instituto Andaluz de Reforma Agraria desestimatoria presunta del recurso de reposición interpuesto contra la denegación presunta de la solicitud de indemnización por daños y perjuicios, formulada con fecha 11 de noviembre de

1991.

En consecuencia con el Recurso citado anteriormente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, ha dictado Sentencia con fecha 6 de mayo de 1996, cuya parte dispositivo es del tenor literal siguiente:

«Fallamos. Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Gómez Sánchez, en nombre y representación de don José Martínez Santaolalla, contra la desestimación presunta del recurso de reposición formulado ante la Dirección Provincial del IARA contra la también desestimación presunta de la petición efectuada el 11 de noviembre de 1991, solicitando una indemnización de 4.850.000 pesetas en concepto de daños y perjuicios causados como consecuencia de la privación del coto de caza GR-11.199, declarando nula por no conforme a Derecho la resolución impugnada y el derecho a que el recurrente sea indemnizado por la Administración por la privación temporal e indebida del coto del que era titular en la cantidad de 2.556.000 pesetas (dos millones quinientas cincuenta y seis mil pesetas) sin expreso pronunciamiento en las costas del presente recurso¯.

En su virtud, este Organismo, de conformidad con lo establecido en los arts.

118 de la Constitución, y la asunción competencial derivada de los Decretos

132/1996, del 16 de abril, de reestructuración de Consejerías y 271/1996, de

4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y de la Agencia de Medio Ambiente, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.

Sevilla, 10 de julio de 1996.- El Presidente, Luis García Garrido.

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