Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 02/08/1996

1. Disposiciones generales

Presidencia

DECRETO del Presidente 382/1996, de 1 de agosto, sobre reestructuración parcial de Consejerías.

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En virtud de lo establecido en los arts. 16.4 y 36.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su redacción dada por la disposición final primera de la Ley

7/1996, de 31 de Julio.

D I S P O N G O

Artículo 1.

1. Se crea la Consejería de Asuntos Sociales.

2. A efectos de prelación, dicha Consejería se situará a continuación de las establecidas en el artículo 1º 2 del Decreto del Presidente 132/96, de 16 de abril.

Artículo 2.

1. Corresponden a la Consejería de Asuntos Sociales las competencias que la Consejería de Trabajo e Industria ejerce a través de las Direcciones Generales de Atención al Niño, Acción e Inserción Social y Comisionado para la Droga.

2. Se adscribe a la Consejería de Asuntos Sociales el Instituto Andaluz de Servicios Sociales.

Artículo 3.

Corresponden a la Consejería de Trabajo e Industria las competencias y adscripciones que actualmente tiene atribuidas, salvo las previstas en el artículo anterior.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. La reestructuración parcial establecida por el presente Decreto y su desarrollo se llevará, a cabo con sujeción al conjunto de las disponibilidades del Presupuesto vigente. A estos efectos, se faculta a la Consejería de Economía y Hacienda para realizar, las supresiones, transferencias y modificaciones, de los créditos necesarios para dar cumplimiento a lo previsto en este Decreto.

Segunda. Queda en vigor la composición del Consejo de Gobierno establecida en el art. 1º 1 del Decreto del Presidente 132/1996, de 16 de abril, con la modificación introducida en el presente Decreto.

DISPOSICION DEROGATORIA UNICA

Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango, en cuanto se opongan al presente Decreto.

DISPOSICION FINAL UNICA

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de agosto de 1996

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

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