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Finalizado el proceso de Adscripción regulado en el Decreto 154/96, de
30 de abril (BOJA del 21.5.96) y desarrollado por las Ordenes de 27.5.96, (BOJA 1.6.96) y de 7.6.96, (BOJA 15.6.96), esta Consejería de Educación y Ciencia en uso de las atribuciones conferidas por la Disposición Final Primera del Decreto 154/1996, de 30 de abril, ha dispuesto lo siguiente:
Primero. Hacer públicas las relaciones de los destinos obtenidos por los participantes en el proceso de adscripción de los Maestros y Maestras, a los puestos de trabajo del primer Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, y de Educación Infantil y de Educación Primaria resultantes de la nueva ordenación del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (Anexos I y II, respectivamente de esta Orden.)
Segundo. Hacer pública la relación de los Maestros titulares de puestos de trabajo, que estando obligados a participar en el proceso de adscripción no lo hicieron, los cuales serán destinados de oficio a Centros públicos de enseñanza de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo previsto en el artículo 16 del Decreto 154/96 de 30 de abril. (Anexo III de esta Orden.)
Tercero. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo previsto en el artículo
37.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley
30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 22 de julio de 1996
MANUEL PEZZI CERETTO
Consejero de Educación y Ciencia
Ver esta Disposición en fascículos 2 de 7 a 7 de 7 de este mismo número
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