Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 25/09/1997

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR LA PROMOCION INTERNA, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION, PARA CUBRIR UNA PLAZA DE ARQUITECTO TECNICO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante promoción interna, por el procedimiento de concurso-oposición de una plaza vacante en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, según se detalla:

Grupo según el artículo 25 de la Ley 30/84: B. Clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala Técnica. Número de vacantes: Una. Denominación: Arquitecto Técnico. Nivel de titulación: Arquitecto Técnico. Forma de provisión: Promoción interna (concurso-oposición).

Segunda. Los aspirantes han de reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la titulación exigida.

b) Carecer en el expediente personal de inscripciones de faltas graves o muy graves, en virtud de resoluciones firmes, sin encontrarse canceladas.

c) Ser funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Fra. y pertenecer a la escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, con un mínimo de 2 años de servicio.

Tercera. Los aspirantes deberán presentar sus solicitudes en el Registro General de este Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, acompañadas del resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, que se fija en 1.000 pesetas, así como de aquellos documentos justificativos de los méritos alegados. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cuarta. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios de este Excmo. Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días a efectos de subsanación y mejora de solicitudes, de conformidad con el art. 71.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dichas subsanaciones, si las hubiese, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva que se hará pública, en el plazo de un mes, en el Tablón de Anuncios de este Excmo. Ayuntamiento.

Quinta. El Tribunal calificador estará constituido en la forma establecida en el art. 4.e) y f) del R.D. 896/91, de 7 de junio.

La composición del Tribunal con indicación de los nombres de sus miembros titulares y suplentes, se hará pública en el Tablón de Anuncios de este Excmo. Ayuntamiento a efectos de recusación y abstención.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente.

Sexta. Con una antelación mínima de un mes antes de dar comienzo el primer ejercicio, se señalará el lugar, día y hora en que habrá de efectuarse, publicándose en el Tablón de Anuncios de este Excmo. Ayuntamiento.

El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se establecerá mediante sorteo realizado momentos antes de celebrarse el ejercicio.

Los opositores serán convocados, mediante anuncio en el Tablón de Anuncios de este Excmo. Ayuntamiento, para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Séptima. La acreditación de los méritos se hará mediante Resolución de Alcaldía en la que conste el nombramiento en los respectivos puestos o certificación en la que conste el desempeño del puesto en virtud de la cual pretenda la aplicación de los mismos.

Los méritos que el Tribunal valorará en la fase de concurso serán los siguientes:

A) Méritos profesionales (hasta un máximo de 3,00 puntos).

- Por cada mes completo de servicios prestados en este Ayuntamiento en la plaza que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación de servicios: 0,07 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en este Ayuntamiento en otra plaza o puesto al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación de servicios: 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en Empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, que deberán ser suficientemente acreditativos a través del contrato de trabajo visado por el INEM y certificado de cotizaciones a la S.S. o cualquier otro documento de igual fuerza probatoria: 0,02 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

B) Méritos académicos (hasta un máximo de 2,00 puntos).

- Grado de Doctor en una materia propia de la titulación exigida para la plaza: 2,00 puntos.

- Otra Licenciatura/Diplomatura en el mismo Area de conocimientos u otra especialidad en la Titulación exigida para la plaza: 1,00 punto.

- Grado de Licenciado en las plazas T.A.E. en que se exija el Título de Diplomado: 1,00 punto.

C) Cursos y seminarios, congresos y jornadas (hasta un máximo de 1,00 punto). Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público.

a) Por la participación como asistente:

- Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.

- De 15 a 40 horas o duración de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas o duración de 8 a 12 días: 0,20 puntos.

- De 71 a 100 horas o duración de 13 a 20 días: 0,30 puntos.

- De 101 a 200 horas o duración de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

- De 200 horas en adelante: 1,00 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

b) Por la participación como Director, Coordinador o Ponente:

- Por participar como Director, Coordinador o Ponente: 0,20 puntos.

La participación en una misma actividad docente como Director o Coordinador y como Ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.

Octava. Las pruebas de la oposición consistirán en la realización de los siguientes ejercicios con carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistente en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de una hora, un tema extraído al azar de entre los que figuran en el Anexo, quedando los aspirantes exonerados de los temas 1, 2, 3, 4, 5,

6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12.

Segundo ejercicio: Consistente en la realización de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, con una duración de dos horas. Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales y libros de consulta de los que acudan provistos.

Novena. Los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos.

Las calificaciones se obtendrán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiéndose el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación del ejercicio.

Décima. La calificación definitiva se obtendrá de la suma de la calificación de la fase de oposición más los puntos de méritos obtenidos.

Undécima. Una vez terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación para que se formule la correspondiente propuesta de nombramiento.

Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de 30 días hábiles desde la fecha de comunicación de la propuesta de nombramiento, los documentos que acrediten los requisitos exigidos en la base segunda.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la Oposición.

Concluido el proceso selectivo los aspirantes propuestos serán nombrados funcionarios de carrera.

Incidencias: El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la Oposición en todo lo no previsto en estas Bases.

Duodécima. Contra las presentes bases podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de 2 meses a contar de su publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado, previa comunicación a este Ayuntamiento de la intención de su interposición, así como cualquier otro que estime conveniente.

ANEXO

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales, características y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público. La Ley. Clases de leyes.

Tema 4. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

Tema 5. El acto administrativo: Concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local: Sus fases. El silencio administrativo.

Tema 6. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 7. Organización y competencias municipales/provinciales.

Tema 8. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 9. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 11. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

Tema 12. El Presupuesto local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto local.

Tema 13. La Legislación Urbanística Española. Antecedentes. La Ley del Suelo y Ordenación Urbana de 12 de mayo de 1956. La Reforma de la Ley del Suelo de 2 de mayo de 1975. La Ley 8/90, de 25 de julio. Estructura y principios inspiradores.

Tema 14. Significación del Plan Urbanístico. Tipología de los planes. La jerarquía de los planes de urbanismo.

Tema 15. Planes de desarrollo, planeamiento urbanístico y sectoriales.

Tema 16. El Plan Nacional de Ordenación.

Tema 17. Los planes directores territoriales de coordinación: Formación, procedimiento.

Tema 18. Los planes directores territoriales de coordinación. Efectos de su aprobación y modificación.

Tema 19. Los planes territoriales de coordinación. Revisión y suspensión.

Tema 20. El planeamiento municipal. Los Planes Generales Municipales de Ordenación.

Tema 21. Proyecto de Ordenación. Proyectos de Urbanización. Los programas de actuación urbanística.

Tema 22. Vigencia de los planes. Revisión y suspensión.

Tema 23. Modificación de los planes: Garantía de fondo y procedimiento.

Tema 24. El problema de valor normativo del Plan. Publicidad. Ejecutividad y acción de oficio.

Tema 25. Carácter vinculante del Plan para la administración. Prohibición de dispensas. Legislación de expropiaciones.

Tema 26. La clasificación de suelo. Limitaciones y deberes por razón de la clasificación.

Tema 27. Cesiones obligatorias, constatamientos de las obras urbanizadoras.

Tema 28. El Patrimonio Municipal del suelo. Concepto. Naturaleza jurídica y régimen aplicable.

Tema 29. La ejecución de los planes de ordenación: Competencias y principios generales.

Tema 30. La ejecución de los planes de ordenación: Sistema de actuación.

Tema 31. Parcelaciones, legislación urbanística y legislación hipotecaria.

Tema 32. La reparcelación: Concepto y función. Naturaleza jurídica.

Tema 33. La reparcelación: Criterios legales. Iniciación: Efectos. Procedimientos. Aprobación, efectos, recursos.

Tema 34. Las expropiaciones urbanísticas. Clases.

Tema 35. Procedimiento expropiatorio. Criterio de valoración.

Tema 36. La carga de la edificación forzosa: Antecedentes. La obligación de edificar: Naturaleza y ámbito.

Tema 37. Inmuebles sujetos a edificación forzosa.

Tema 38. El Registro Municipal de solares. Procedimiento de enajenación forzosa.

Tema 39. Intervención de la edificación de uso del suelo. El sometimiento a la licencia.

Tema 40. La reacción contra las licencias ilegales. La vía del recurso: Legitimación pública y plazos.

Tema 41. Supuestos de responsabilidad de la administración en caso de anulación. La renovación de licencias.

Tema 42. Ordenes de ejecución. La declaración de ruinas, obras sin licencias y orden de ejecución.

Tema 43. Infracciones urbanísticas. Clases. Responsabilidades. Sanciones. Prescripción.

Tema 44. Las Normas Subsidiarias de Chiclana de la Frontera, sus características principales.

Tema 45. Características arquitectónicas y urbanísticas del casco urbano de Chiclana de la Frontera.

Tema 46. Proyectos de obras municipales: Tipos y contenido ordinario.

Tema 47. Los precios de las obras: Precios elementales y auxiliares. Precios unitarios y descompuestos. Precios contradictorios.

Tema 48. Revisión de precios. Modificados y complementarios: Su justificación y tratamiento.

Tema 49. Certificaciones de obras. Su contenido y tramitación.

Tema 50. La ejecución de los contratos de obras. El cumplimiento de los plazos. La recepción provisional de las obras.

Tema 51. Características principales de las obras públicas de abastecimiento de agua, alcantarillado y depuración, distribución de energía eléctrica, firmes y pavimentos.

Tema 52. Regulación y definición de las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.

Tema 53. Eliminación de residuos sólidos urbanos.

Tema 54. Control de calidad de las obras de edificación.

Tema 55. Obras de urbanización: Tratamiento de espacios públicos. Pavimentación. Jardinería. Mobiliario urbano.

Tema 56. Control de ejecución de instalaciones de edificios y urbanizaciones de: Fontanería, saneamiento y alcantarillado.

Tema 57. Control de ejecución de instalaciones de edificios y urbanización de electricidad y telefonía.

Tema 58. Control de ejecución en obras de hormigón en masa y armado.

Tema 59. Control de ejecución de obras de forjados unidireccionales de hormigón armado.

Tema 60. Control de ejecución de muros y divisiones realizadas con fábrica de ladrillo.

Chiclana de la Fra., 30 de julio de 1997.- El Alcalde Acctal.

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