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Intentada la notificación sin haberse podido practicar, del escrito de
7.8.97, registrado de salida el 7-8-97, núm. 03272, acordando el período probatorio abierto en el expediente sancionador número SE-004/97, incoado contra Restaurante Marea Grande, S.L., titular del restaurante «Marea Grande¯, sito en C/ Eduardo Dato, 28, bajo, Sevilla, por infracción de la normativa turística, por medio del presente y en virtud de lo prevenido en el artículo 59, párrafo 4º, y artículo 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica que se ha acordado establecer un período probatorio por plazo de 15 días con el fin de que pueda proponer y practicar cuantas pruebas estime procedentes y adecuadas para la determinación de los hechos y sus posibles responsabilidades, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 80, 135 y 137 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 5 de septiembre de 1997.- El Delegado, Miguel Camacho Ramírez.
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