Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 22/11/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 4 de noviembre de 1997, por la que se hace pública una subvención a favor del Promotor Público Suelo y Vivienda de Lucena, SA, para la construcción de viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en Alquiler, en la Parcela 17, PP R-2, en Lucena (Córdoba), al amparo del Decreto que se cita.

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Ilmos. Sres.:

Por don Antonio Ruiz-Canela Evangelista, en representación de la Sociedad Municipal Suelo y Vivienda de Lucena, S.A., se solicita, al amparo del Decreto 51/1996, de 6 de febrero, la subvención a fondo perdido establecida en su Título I, Capítulo II, consistente en el principal más intereses, incluidos los de carencia del préstamo cualificado, correspondiente a la promoción de 27 Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en Alquiler en la Parcela 17, P.P. R-2, en Lucena (Córdoba).

Con fecha 5 de junio de 1996, el expediente 14-1-0082/95, correspondiente a dicha actuación protegible, obtuvo de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, Calificación Provisional en el Régimen Especial contemplado en el Real Decreto 2190/1995, de 28 de diciembre, con destino a viviendas cedidas en alquiler.

Por parte de la entidad Promotora Pública ha sido acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 43.1 del Decreto 51/1996, de 6 de febrero, y aportada en su momento la documentación que establece el artículo

48 de la Orden de 2 de agosto de 1996.

De conformidad con el artículo 13 del Decreto anteriormente aludido, la Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá subvencionar a fondo perdido la actuación protegible en los términos establecidos en dicho artículo.

En su virtud, teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Se concede a la Sociedad Municipal Suelo y Vivienda de Lucena, S.A., una subvención a fondo perdido equivalente al importe que resulta de la amortización del principal más intereses, incluidos los de carencia del préstamo cualificado con el que se financia la promoción de 27 viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en alquiler en la Parcela 17, P.P. R-2, en Lucena (Córdoba), y que asciende a un total de ciento ochenta y un millones cuatrocientas veintisiete mil quinientas cincuenta y nueve pesetas (181.427.559 ptas.), según se detalla en cuadro adjunto (Cuadro de Cálculo de Anualidades).

Segundo. El abono de la subvención se efectuará por anualidades según el Cuadro de Cálculo de Anualidades, siendo necesario acreditar, previo abono de la segunda y posteriores cantidades, que los importes percibidos con anterioridad han sido aplicados en su totalidad a la amortización del crédito. La acreditación correspondiente se efectuará mediante la aportación e la siguiente documentación:

a) Certificación expedida por el órgano competente de la entidad perceptora (Ayuntamiento o Promotor

Público).

b) Certificación expedida por el Interventor de la entidad prestamista.

Tercero. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 4 de noviembre 1997

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial de Córdoba.

CUADRO DE AMORTIZACION DE PRESTAMO HIPOTECARIO

REGIMEN ESPECIAL EN ALQUILER (R.D. 1932/1991)

Expediente: 14-1-0082/95.

Promoción 27 VPO REPPA.

Municipio: Lucena.

Promotor: Suelo y Vivienda de Lucena, S.A.

AÑOS CARENCIA CAPITAL INTERESES ANUALIDAD

1997 17.875. 17.875.-

1998 1.097.514 1.097.514.-

1999 3.439.114 3.439.114.-

2000 335.042 5.548.369 5.883.411.-

2001 491.942 5.479.718 5.971.660.-

2002 662.968 5.398.266 6.061.234.-

2003 849.243 5.302.910 6.152.153.-

2004 1.051.977 5.192.458 6.244.435.-

2005 1.272.477 5.065.625 6.338.102.-

2006 1.512.151 4.921.023 6.433.174.-

2007 1.772.515 4.757.157 6.529.672.-

2008 2.055.204 4.572.412 6.627.616.-

2009 2.361.982 4.365.049 6.727.031.-

2010 2.694.748 4.133.188 6.827.936.-

2011 3.055.548 3.874.807 6.930.355.-

2012 3.446.590 3.587.720 7.034.310.-

2013 3.870.252 3.269.573 7.139.825.-

2014 4.329.095 2.917.827 7.246.922.-

2015 4.825.882 2.529.744 7.355.626.-

2016 5.363.590 2.102.371 7.465.961.-

2017 5.945.425 1.632.525 7.577.950.-

2018 6.574.845 1.116.774 7.691.619.-

2019 7.255.575 551.419 7.806.994.-

2020 7.991.629 -67.530 7.924.099.-

2021 8.787.333 -744.373 8.042.960.-

2022 9.647.350 -1.483.746 8.163.604.-

2023 10.576.703 -2.290.645 8.286.058.-

2024 11.580.806 -3.170.457 8.410.349.-

---------------------------------------------------------------------------- TOTAL 4.554.503 108.310.872 68.562.184 181.427.559.-

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