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El Juzgado de lo Social núm. Dos de Cádiz, en sentencia núm. 287/92, de fecha veintinueve de enero de mil novecientos noventa y tres, estimó la demanda interpuesta contra el Servicio Andaluz de Salud, condenando a este organismo al pago de ocho millones de pesetas y novecientas cincuenta mil en concepto de reintegro de gastos médicos.
En consecuencia, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto
317/96, de 2 de julio, por el que se establece la estructura básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 103 y ss. de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Ordenar la ejecución de la sentencia del Juzgado de lo Social núm.
2 de Cádiz, de 29 de enero de 1992, haciendo efectiva la cantidad de ocho millones novecientas cincuenta mil pesetas a la parte actora.
Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 14 de enero de 1997.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.
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