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Examinado en esta Delegación de Gobernación el expediente sancionador de referencia seguido a don José Muniain Huertas con domicilio en Laguna de Duero núm., bajo, en Madrid, resulta lo siguiente:
ANTECEDENTES
I
Mediante acta de fecha 28 de abril de 1995 formulada por la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía, se denuncian los siguientes hechos: Reventa no autorizada de localidades para espectáculos taurinos en el Paseo de Colón.
I I
Con fecha 8 de febrero de 1996 se dictó Acuerdo de Iniciación de Expediente, nombrándose Instructor y Secretario del mismo. No se presentaron alegaciones al Acuerdo de Iniciación ni a la Propuesta de Resolución.
I I I
En el presente expediente se han seguido los trámites previstos en la legislación vigente en materia de expedientes sancionadores.
HECHOS PROBADOS
Del examen del expediente y documentación incorporada al mismo, resultan probados los hechos referidos en el antecedente I de la presente Resolución.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I
La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencias en materia de Espectáculos Públicos en virtud del artículo 13.32 del Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre. La transferencia de funciones y servicios en esta materia, de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, se realizó por Real Decreto 1677/1984, de
18 de julio, y por Real Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, se asignan a la Consejería de Gobernación dichas funciones y servicios.
I I
Los hechos constituyen infracción del artículo 36.5 del Real Decreto
145/1996, de 2 de febrero, por el que se notifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos, tipificado como falta y sancionándose en la cuantía propuesta conforme a los artículos 18.1.a) de la Ley/1991, del
4 de abril.
Vistos: Los textos legales citados y demás normativa de general aplicación, esta Delegación de Gobernación ha resuelto sancionar a don José Muniain Huertas con 100.000 ptas. de multa.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes conforme a lo estipulado en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía.
Nota: Se acompaña impreso núm. 271622 con el que podrá hacer efectivo el pago de la sanción mediante ingreso en la c/c 63/01050-54 del Banco de Andalucía, abierta a nombre de «Tesorería General de la Junta de Andalucía. Cuenta restringida para la recaudación de tasas y otros ingresos¯.
Sevilla, 2 de octubre de 1996.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.
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