Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 13/2/1997

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 22 de enero de 1997, de la Dirección General de Administración Local y Justicia, por la que se deja sin efecto la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), efectuada a favor de don Luis Enrique Flores Domínguez.

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) mediante Acuerdo Plenario de fecha 20 de enero de 1997, por la que se solicita deje sin efectos el nombramiento en régimen de acumulación efectuado a favor de don Luis Enrique Flores Domínguez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, mediante Resolución de fecha 5 de febrero de 1996, a instancia del propio interesado, de conformidad con lo establecido en los artículos 31 y 37 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Dejar sin efecto la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), a favor de don Luis Enrique Flores Domínguez, NRP 28871411/24/A3015, Secretario del Ayuntamiento de Huévar (Sevilla).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el art. 109 apartado d) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General, de conformidad con el art. 110.3 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 22 de enero de 1997.- El Director General, Jesús M.ª Rodríguez Román.

Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) mediante Acuerdo Plenario de fecha 20 de enero de 1997, por la que se solicita deje sin efectos el nombramiento en régimen de acumulación efectuado a favor de don Luis Enrique Flores Domínguez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, mediante Resolución de fecha 5 de febrero de 1996, a instancia del propio interesado, de conformidad con lo establecido en los artículos 31 y 37 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Dejar sin efecto la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), a favor de don Luis Enrique Flores Domínguez, NRP 28871411/24/A3015, Secretario del Ayuntamiento de Huévar (Sevilla).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el art. 109 apartado d) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General, de conformidad con el art. 110.3 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 22 de enero de 1997.- El Director General, Jesús M.ª Rodríguez Román.

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