Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 06/03/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

ORDEN de 18 de febrero de 1997, por la que se convocan los exámenes para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo, durante el año 1997.

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El artículo 13.31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma Andaluza competencia exclusiva en materia de deporte y ocio, habiéndose hecho efectivo el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de enseñanzas naútico-deportivas y subacuático-deportivas mediante el Real Decreto 1405/1995, de 4 de agosto.

Mediante la Orden de 1 de marzo de 1.996, por la que se regulan los exámenes para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo, se procedió a la adecuación del ejercicio de estas funciones a la organización y estructura de la Administración de la Junta de Andalucía, respetando los criterios establecidos con carácter general por la normativa estatal.

En la actualidad, las competencias en materia de enseñanzas naútico-deportivas están atribuidas a la Consejería de Turismo y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos 132/1996, de 16 de abril y

181/1996, de 14 de mayo, sobre Reestructuración de Consejerías y sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte, respectivamente.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por la Disposición Final Segunda del Decreto 181/1996, de 14 de mayo,

D I S P O N G O :

Primero.- Se convocan los exámenes para la obtención de titulaciones de Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate de Altura, y Capitán de Yate, durante el presente año 1.997.

Segundo.1.- Las solicitudes, dirigidas al Presidente del Tribunal correspondiente, se presentarán en la sede del Instituto Andaluz del Deporte o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los siguientes plazos:

- Desde la fecha de publicación en el BOJA de la presente Orden, hasta el día

22 de marzo de 1.997, para la participación en la 1ª convocatoria de los exámenes.

- Desde el día 8 de septiembre hasta el día 6 de octubre de 1.997, para la participación en la 2ª convocatoria de los exámenes.

2.- A la solicitud, que se ajustará al modelo que figura como Anexo I a la presente Orden, deberá adjuntarse el sobre de matrícula, que podrá retirarse de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo y Deporte, conteniendo la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del Pasaporte.

b) Una fotografía de tamaño carnet, en la que figurará al dorso el nombre y los dos apellidos del solicitante.

c) Resguardo original del abono de los derechos de exámen, mediante carta de pago expedida por las Delegaciones Provinciales de la Consejería d e Turismo y Deporte en el momento de la retirada del sobre de matrícula.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, los derechos de exámen serán los siguientes:

- Patrón de Embarcaciones de Recreo.............................6000 ptas.

- Patrón de Yate y Patrón de Yate habilitado para Altura........8000 ptas.

- Capitán de Yate..............................................15.000 ptas.

d) Certificado Médico Oficial, expedido de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de la Dirección General de Marina Mercante de 22 de junio de

1.990, por la que se establece el cuadro de los defectos físicos y enfermedades que constituyen inutilidad para la obtención de los títulos para el Gobierno de Embarcaciones de Recreo.

No tendrán que aportar este documento los candidatos que estén en posesión de alguna titulación naútica o aporten el certificado de exámen de la última convocatoria a la que se hubiesen presentado durante 1.997.

3.- En el supuesto de que los solicitantes hubieran superado una parte del programa de la titulación a la que optan, por haberla aprobado en exámenes anteriores o por tenerla convalidada, deberán aportar certificado original del último exámen, resolución de convalidación o solicitud de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de 1 de marzo de

1.996.

4.- Los aspirantes al título de Patrón de Yate deberán acreditar hallarse en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo o equivalente, y los aspirantes al título de Petrón de Yate de Altura y al de Capitán de Yate, deberán acreditar la posesión del título de Patrón de Yate.

5.- Los poseedores del extinguido título de Patrón Embarcaciones de Motor, 1ª clase, deberán acreditar este extremo para la exención del exámen de la asignatura de propulsión mecánica.

6.- Los candidatos al título de Patrón de Embarcaciones de Recreo podrán solicitar la expedición de este título restringido al Gobierno de Embarcaciones con Propulsión Exclusiva a Motor, quedando excluidos de los contenidos específicos de embarcaciones a vela en los exámenes correspondientes.

Tercero.- 1.- Las pruebas se realizarán en las fechas y horas que a continuación se relacionan:

A.- PATRON DE EMBARCACIONES DE RECREO:

- 1ª convocatoria: día 12 de abril de 1.997 a las 11,00 h.

- 2ª concocatoria: día 15 de noviembre de 1.997 a las 11,00 h.

B.- PATRON DE YATE Y PATRON DE YATE HABILITADO PARA ALTURA:

- 1ª convocatoria: día 18 de abril de 1.997 a las 16,00 h. día 19 de abril de 1.997 a las 10,00 h.

- 2ª convocatoria: día 21 de noviembre de 1.997 a las 16,00 h. día 22 de noviembre de 1.997 a las 10,00 h.

C.- CAPITAN DE YATE:

- 1ª convocatoria: día 17 de abril de 1.997 a las 16,00 h. día 18 de abril de 1.997 a las 16,00 h.

día 19 de abril de 1.997 a las 10,00 h.

- 2ª convocatoria: día 20 de noviembre de 1.997 a las 16,00 h. día 21 de noviembre de 1.997 a las 16,00 h.

día 22 de noviembre de 1.997 a las 10,00 h.

2.- Las pruebas para la obtención de las titulaciones se celebrarán en las siguientes localidades:

- Patrón de Embarcaciones de Recreo: Almería, Cádiz, Huelva, Málaga y Sevilla.

- Patrón de Yate y Patrón de Yate habilitado para Altura: Cádiz y Málaga.

- Capitán de Yate: Cádiz.

Los lugares de celebración de las pruebas en las localidades reseñadas, serán los que a continuación se detallan:

- ALMERIA: Universidad de Almería

Campus Universitario de la Cañada.

Aulario nº 1. Aula 15.

- CADIZ: Facultad de Ciencias Náuticas.

Universidad de Cádiz.

Campus Universitario de Puerto Real.

- HUELVA: Escuela Politécnica Superior de la Rábida.

Universidad de Huelva.

Polígonos Central y Antares.

- MALAGA: Facultad de Derecho.

Universidad de Málaga.

Campus Universitario de Teatinos.

- SEVILLA: Facultad de Ciencias de la Educación

Universidad de Sevilla

(Avda Ciudad Jardín 20-22)

3.- Los exámenes se celebrarán en las localidades señaladas en el apartado anterior, siempre que el número de candidatos lo justifique.

Cuando el número de candidatos no justifique la realización del exámen en una determinada localidad, el Director del Instituto Andaluz del Deporte designará las localidades a las que se trasladarán las matrículas de los candidatos, publicándose en los tablones de anuncios del Instituto Andaluz del Deporte y en los de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo y Deporte.

Asímismo, cuando el volumen de solicitudes de admisión a los exámenes así lo requiera, el Director del Instituto Andaluz del Deporte podrá establecer fechas distintas a las previstas en el apartado anterior, para la celebración de los mismos, las cuales serán expuestas en los tablones de anuncios reseñados en el párrafo anterior.

4.- Los candidatos a la obtención de las titulaciones reseñadas deberán ir provistos, en el momento de celebración de los exámenes, de los documentos, materiales y útiles que se relacionan en el ANEXO II a la presente Orden.

Cuarto.- La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y forma previstos en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento Administrativo Común.

Quinto.- En lo no regulado por la presente Orden se estará a lo dispuesto en la Orden de 1 de marzo de 1.996, por la que se regulan los exámenes para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo.

Sexto.- La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de febrero de 1997

JOSE NUÑEZ CASTAIN

Consejero de Turismo y Deporte

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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