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La publicación de los Reales Decreto 141/1997 y 142/1997, ambos de 31 de enero (BOE núm. 62, de 13 de marzo de 1997), sobre traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia, precisa la aprobación y promulgación de una disposición que asigne las funciones, bienes y servicios traspasados a la Consejería competente.
En su virtud, a propuesta del titular de la Consejería de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de marzo de 1997
D I S P O N G O
Artículo único.
Se asignan a la Consejería de Gobernación las funciones, bienes y servicios transferidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía por los Reales Decreto
141/1997 y 142/1997, ambos de 31 de enero.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.
Se faculta al titular de la Consejería de Gobernación para desconcentrar las competencias que se atribuyen mediante el presente Decreto y para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su desarrollo y aplicación.
Segunda.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de la efectividad del traspaso de funciones, bienes y servicios a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias y de las previsiones contenidas en los Reales Decretos 141/1997 y 142/1997, ambos de 31 de enero.
Sevilla, 13 de marzo de 1997
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación
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