Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 20/3/1997

3. Otras disposiciones

Otros. CONSEJO CONSULTIVO DE ANDALUCIA

ORDEN de 19 de febrero de 1997, por la que se fija el precio público de una publicación.

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El Consejo Consultivo de Andalucía, con objeto de contribuir a la difusión y divulgación de los dictámenes emitidos por el Pleno o la Comisión Permanente, ha realizado la labor de edición de la «Recopilación de la Doctrina Legal del Consejo¯ del año 1995, destinada fundamentalmente a su distribución institucional.

No obstante, vista la aceptación y demanda por personas interesadas en su estudio, se ha estimado conveniente proceder a la venta del resto de la edición.

El Consejo de Gobierno, en Acuerdo de 10 de enero de 1989, determinó los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 145.1 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía autorizando en su punto 1º a todas las Consejerías y Organismos Autónomos a la percepción de precios públicos por la venta de las ediciones que publiquen.

La fijación y revisión de la cuantía de los precios públicos se efectuará, de acuerdo con el artículo 145.2 de la citada Ley, por Orden de la Consejería u Organismo que los perciba.

El artículo 77.2 del Reglamento Orgánico del Consejo Consultivo de Andalucía establece que corresponde a la Presidencia del Consejo, las competencias que la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las respectivas Leyes de Presupuestos, la Legislación de contratación administrativa y su normativa de desarrollo, atribuyen a los titulares de las distintas secciones presupuestarias.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

D I S P O N G O

Artículo único. El precio por la venta de la publicación editada por el Consejo Consultivo de Andalucía denominada «Recopilación de Doctrina Legal.

1995¯, queda fijado en la cuantía de 8.000 pesetas.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Granada, 19 de febrero de 1997.- La Presidenta, Elisa Pérez Vera.

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