Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 09/01/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 18 de diciembre de 1996, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convoca el II Curso de Especialización en Contabilidad Pública de las Haciendas Locales, a celebrar en Granada.

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El Instituto Andaluz de Administración Pública convoca el «II Curso de Especialización en Contabilidad Pública de las Haciendas Locales¯ (código CEM-9708-H), que organiza el Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI) de Granada, homologado por la Universidad Carlos III de Madrid, con sujeción a las siguientes bases:

Primera. Contenido, fecha y lugar de celebración. Este Curso, que se enmarca dentro del Programa de Formación para Cuadros Superiores, engloba a cinco módulos:

- Sistemas de información económico-financiera de las AA.PP. La contabilidad pública como instrumento de gestión y control. (13 y 14 de febrero de 1997.)

- El ciclo contable registral de las EE.LL. (13 y 14 de marzo de 1997.)

- Estados y cuentas anuales obligatorias de las EE.LL. (17 y 18 de abril de

1997.)

- La contabilidad analítica en la Administración Pública Local (15 y 16 de mayo de 1997.)

- Auditoría, control externo y responsabilidades en el sector público local. (19 y 20 de junio de 1997.)

Estos módulos, aun formando parte de una acción formativa integral, son independientes entre sí y tienen autonomía docente singularizada, de tal manera que se admitirá la matriculación en uno solo o en varios de los cinco módulos programados.

Todos los módulos se celebrarán en la sede del CEMCI, plaza de Mariana Pineda, núm. 8. Granada, en horario de 9,00 a 14,00 y de 16,30 a 19,30 horas.

Segunda. Condiciones generales de admisión. El curso estará dirigido a los Cargos Electos, Directivos y Funcionarios con habilitación de carácter nacional, al servicio de las Entidades que integran la Administración Local de Andalucía.

Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitidos quienes presten servicios en la Junta de Andalucía y otras Administraciones y Entidades actuantes en el territorio de la Comunidad Autónoma y que lo hubieran solicitado.

Tercera. Criterios de selección.

El número de asistentes al curso será limitado, por lo que si es necesario, la selección de solicitantes se atendrá a los siguientes criterios:

1. Puesto de trabajo desempeñado.

2. Solicitud de realización del curso completo.

3. Realización del curso completo de Gestión Económico-Financiera 1996.

4. Prioridad en la presentación de solicitudes de asistencia y pago anticipado de los derechos de matrícula.

Cuarta. Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para participar en el curso o módulos respectivos que se convocan se extenderá desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta veinte días antes del comienzo del curso o de cada módulo en su caso. Las solicitudes deberán dirigirse, según modelo adjunto, al CEMCI, Plaza Mariana Pineda, número 8. C.P. 18009 Granada, o presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Quinta. Derechos de matrícula y expedición del certificado. Los solicitantes de cada módulo deberán abonar, antes del comienzo de éste, en el CEMCI en Granada, la cantidad de 25.000 pesetas, en concepto de derechos de matrícula y expedición del certificado (los solicitantes del curso en su globalidad deberán abonar, antes del comienzo del primer módulo,

125.000 ptas. por la realización efectiva de los cinco módulos). Se podrá realizar el abono de los derechos de matrícula mediante giro postal o telegráfico, cheque nominativo o en efectivo, que en el supuesto de que no fuese posible la admisión del solicitante, le será devuelto en el plazo máximo de quince días desde el inicio del curso o de cada módulo en su caso.

La cancelación de matrícula, para que conlleve la devolución del importe de los derechos abonados, se deberá comunicar a este Centro al menos cinco días hábiles antes del comienzo de la actividad a que se refiera. Pasado ese plazo, sólo se procederá a la devolución del 50% del importe de los derechos.

Sexta. Puntuación.

La puntuación otorgada a este curso, de conformidad con la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE de 8 de noviembre de 1994), será la siguiente:

Por la asistencia al curso (80 horas): 0,85 puntos.

Por la asistencia al curso con aprovechamiento evaluado mediante trabajo individualizado (100 horas): 1,40 puntos.

Séptima. Certificado de Asistencia/Diploma de Especialización. Finalizado el curso, o cada módulo, con una asistencia mínima del 90% del total de horas lectivas, los participantes tendrán derecho a la expedición del oportuno certificado acreditativo. Quienes asistan al Curso de Especialización en su integridad (cinco módulos), obtendrán a la finalización de las actividades un certificado de asistencia por el total de horas de presencia activa (80 horas) y en caso de que presenten el trabajo de evaluación, y éste sea considerado apto por el Director académico del curso, entonces obtendrán un Diploma de Especialización con aprovechamiento (100 horas). Quienes asistan a alguno/s de los módulos sin llegar a completar el curso, obtendrán un Certificado de asistencia diferente por cada una de las concretas actividades realizadas (16 horas), sin posibilidad de obtenerlo con aprovechamiento.

Octava. Diploma de Experto y Máster.

De acuerdo con el Plan de Formación para 1996/1997, la realización del presente Curso de Especialización y la obtención del correspondiente Diploma de aprovechamiento será computable para la posterior obtención del Diploma de Experto en Haciendas Locales y del Máster en esta especialidad, siempre que se cumplan el resto de requisitos contemplados para la obtención de dichas titulaciones.

Sevilla, 18 de diciembre de 1996.- El Director, Juan Luque Alfonso.

ANEXO I

«II CURSO DE ESPECIALIZACION EN CONTABILIDAD PUBLICA DE LAS HACIENDAS LOCALES¯

I. Contenido.

- Sistemas de información económico-financiera de las AA.PP. La contabilidad pública como instrumento de gestión y control. (13 y 14 de febrero de 1997.)

- El ciclo contable registral de las EE.LL. (13 y 14 de marzo de 1997.)

- Estados y cuentas anuales obligatorias de las EE.LL. (17 y 18 de abril de

1997.)

- Contabilidad analítica en la Administración Pública Local. (15 y 16 de mayo de 1997.)

- Auditoría, control externo y responsabilidades en el sector público local. (19 y 20 de junio de 1997.)

II. Objetivos.

1. Analizar y debatir los aspectos más relevantes que en la actualidad presenta la normativa contable aplicable a las Entidades Locales, centrando el estudio en la incidencia de ésta en las materias objeto de los módulos que se incluyen.

2. Profundizar en las tareas de auditoría de aplicación a las EE.LL., así como del control externo y responsabilidades en el sector público local, a fin de facilitar instrumentos para una gestión más eficiente.

3. Favorecer el acercamiento e intercambio de experiencias entre los participantes, que permita integrar diversas visiones en torno a los temas propuestos.

III. Destinatarios.

El Curso está dirigido a los Cargos Electos de las Entidades Locales, Directivos y Funcionarios con habilitación de carácter nacional y, en general, al personal de nivel superior con funciones financieras y contables.

IV. Avance de Programa.

Módulo I. Sistemas de información económico-financiera de las AA.PP. La contabilidad pública como instrumento de gestión y control. I. La contabilidad pública desde una perspectiva técnico-contable. II. El subsistema de contabilidad pública presupuestaria como instrumento imprescindible para la consecución de los objetivos informativos del seguimiento de ejecución del presupuesto.

III. Los sistemas de información económico-financiera en las Administraciones Públicas: SICOP, SICAI y SICAL.

IV. Las normas de contabilidad pública en España.

Módulo II. El ciclo contable registral en las Entidades Locales. I. Apertura de la contabilidad.

II. La contabilización del presupuesto de gastos.

III. La contabilización del presupuesto de ingresos.

IV. Contabilidad financiera.

V. La determinación del resultado.

VI. Cierre de la contabilidad.

Módulo III. Estados y cuentas anuales obligatorias en las Entidades Locales. I. Cuenta general de las Entidades Locales.

II. Estados y cuentas anuales de la Entidad Local y sus Organismos Autónomos. III. Anexos a los estados anuales.

IV. Cuentas de las Sociedades Mercantiles.

Módulo IV. Contabilidad analítica en la Administración Pública Local. I. La contabilidad analítica de explotación como instrumento de determinación del coste efectivo de producción de los servicios públicos. II. Estructura del Grupo 9 del Plan General de Contabilidad Español. III. Características generales del modelo de cálculo.

IV. Los centros orgánicos de coste.

V. Imputación de costes a los programas.

VI. Los ingresos.

VII. Determinación de los resultados de la contabilidad analítica o interna. VIII. Análisis de las desviaciones.

IX. Relación entre los resultados obtenidos y profundización respecto a las diferencias sobre los resultados previstos.

Módulo V. Auditoría, control externo y responsabilidades en el sector público local.

I. Clasificación de los diferentes tipos de control en el ámbito presupuestario local.

II. Controles de naturaleza administrativa.

III. La auditoría externa en el ámbito de las Sociedades Mercantiles locales. Normativa legal aplicable.

IV. Análisis y criterios de actuación reguladores del control de legalidad. V. El control financiero.

VI. El control de eficacia.

VII. Organismos competentes.

VIII. Responsabilidades.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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