Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 10/05/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 10 de abril de 1997, por la que se concede la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para una unidad de Educación Infantil al Centro Privado de Educación Preescolar María Zambrano de Dos Hermanas (Sevilla).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña María del Pilar Valderrama Millán, en su calidad de Presidenta de «María Zambrano, Sociedad Cooperativa Andaluza¯, entidad titular del Centro Docente Privado «María Zambrano¯, con domicilio en C/ Alarifes, núm. 16, Bda. El Garabato de Dos Hermanas (Sevilla), en solicitud de ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para 1 unidad de Educación Infantil (2º ciclo).

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial, así como del Servicio de Supervisión y Normalización de la Dirección General de Construcciones y Equipamiento Escolar de la Consejería de Educación y Ciencia.

Resultando que el Centro de Preescolar con código 41602168, tiene autorización definitiva para 2 unidades de Educación Preescolar para 80 puestos escolares por Orden de 24 de enero de 1989.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, aparece que la titularidad del Centro la ostenta la entidad «María Zambrano, Sociedad Cooperativa Andaluza¯.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del

27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4 de octubre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE del 26 de junio); el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio (BOE del 28 de julio); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA del 20 de junio).

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para 1 unidad de Educación Infantil (2º ciclo) para 25 puestos escolares al Centro Docente Privado de Educación Infantil «María Zambrano¯, quedando con la configuración definitiva que a continuación se especifica:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: María Zambrano.

Código del Centro: 41602168.

Domicilio: C/ Alarifes, núm. 16, Bda. El Garabato. Localidad: Dos Hermanas.

Municipio: Dos Hermanas.

Provincia: Sevilla.

Titular: María Zambrano, Sociedad Cooperativa Andaluza. Composición resultante: 1 unidad de Educación Infantil (2º ciclo) para 25 puestos escolares y 2 unidades de Educación Preescolar (Párvulos) para 80 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda la unidad de Educación Infantil autorizada deberá reunir los requisitos sobre titulación que establecen el Real Decreto

1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio) y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE del 19 de octubre).

Tercero. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de abril de 1997

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Educación y Ciencia

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