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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 3 de marzo de 1997, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo número 713/1994, promovido por Organismo Autónomo Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Sr. Abogado del Estado en la representación acreditada del Organismo Autónomo Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, contra la Resolución de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía (Rec. 606/93 AP/aa), de fecha
28 de enero de 1994, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, de aquella Consejería, de fecha 11 de febrero de 1993, (Expte. 10/93) que aceptando el Acta de Infracción 1328/92, de 6 de octubre, había impuesto al actor sanción de cincuenta y una mil pesetas como autor de una infracción del orden social, cuyos actos administrativos se anulan por no aparecer conformes a derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 7 de mayo de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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