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Incoado expediente sancionador SE/40/97 M., y formulado por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno la correspondiente resolución en fecha 30-4-97, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en su último domicilio, de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la citada resolución, significando que la misma, así como la propuesta de resolución, quedarán de manifiesto para el interesado en la Delegación del Gobierno de Sevilla, sita en Avda. de La Palmera, 24, durante el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este anuncio.
Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador de referencia seguido a Encarnación Santos, S.L., con CIF: B-41689829 y domicilio en Sevilla, C/ Marqués de Pickman, 45, y de acuerdo con los siguientes
HECHOS
1. Con fecha 29-4-97 el Instructor del expediente de referencia formuló Propuesta de Resolución, la cual se ajusta en sus términos a lo previsto en el art. 38.2 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (LJA) y 63 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 491/1996, de 19 de noviembre (RMRA),
2. En la tramitación del expediente se han observado todas las prescripciones legales, en especial el procedimiento sancionador previsto en el Título VIII de la LJA y en el Título V, Capítulo II, del citado Reglamento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. Los arts. 39 de la citada Ley y 65.1 RMRA establecen que la conformidad del órgano competente para resolver elevará a Resolución la Propuesta formulada en los términos legales.
2. El art. 58.1.a) RMRA en relación con los arts. 6 y 10 del Decreto
512/1996, de 10 de diciembre, por el que se crean y regulan las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, atribuyen al Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla la competencia para resolver el presente expediente.
Vistas las disposiciones citadas, la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y demás normas de general aplicación.
RESUELVO
Elevar a Resolución la propuesta formulada por la Instrucción en el presente expediente, imponiendo a Encarnación Santos, S.L., CIF: B-41689829 la sanción de multa de cien mil una ptas. (100.001 ptas.).
La sanción podrá hacerse efectiva en la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, desde el día de la notificación de la presente resolución con apercibimiento de que si no consta en dicha Delegación el pago de la sanción, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio, una vez esta resolución sea firme en vía administrativa.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de conformidad con lo establecido en los arts. 107.1 y 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de mayo de 1997.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.
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