Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 01/07/1997

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Consejería de Salud

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Granada, por el que se notifican resoluciones y actos de trámite, relativos a expedientes sancionadores en materia de Sanidad y producción agroalimentaria.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación de la Resolución dictada por la Directora General de Salud Pública y Participación en el recurso interpuesto por don Francisco López Ruiz, en nombre y representación de Casa Paco, S.L., por la presente se procede a hacer pública dicha Resolución al no haberse podido practicar en el domicilio del recurrente, reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

Visto el recurso ordinario interpuesto por don Francisco López Ruiz, en nombre y representación de Casa Paco, S.L., contra el acuerdo del Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Granada, de fecha 11 de febrero de 1997, por el que se acordaba la suspensión de la actividad de «Catering¯ hasta tanto no se disponga de la preceptiva inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos, en el establecimiento, propiedad de la firma recurrente, sito en Paseo de Velilla, núm. 7, de Almuñécar (Granada), y

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que con fecha 16 de febrero de 1996 (acta núm.) se giró visita al citado establecimiento, en el que se comprobó que el mismo no disponía, para la actividad desarrollada, de la preceptiva inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos.

Segundo. Que los anteriores hechos suponen un incumplimiento de lo establecido en el artículo 2.1 del R.D. 1712/91, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos.

Tercero. Que como consecuencia de lo anterior, previa iniciación de procedimiento y audiencia del interesado, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Salud, en virtud de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 14/1986, de

25 de abril, artículo 37 de la Ley 26/84, de 19 de julio, y artículo 10.6 del R.D. 1945/83, de 22 de junio, en relación con el artículo 4.2 del Decreto 71/1994, de 29 de marzo (BOJA núm. 57, de 28 de abril), acuerda en fecha 11 de febrero de 1997 la suspensión de la actividad de catering en el citado establecimiento hasta tanto no disponga de la preceptiva inscripción en el Registro General.

Cuarto. Que contra dicho acuerdo se interpuso en tiempo y forma recurso ordinario, en el que en síntesis alega:

- Que desde hace varios meses vienen gestionando la inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos, habiendo presentado diversa documentación y cumplimentando los aspectos que se les han puesto de manifiesto.

- Que en la actualidad se han atendido y se siguen atendiendo todas las instrucciones de los funcionarios del Registro, reuniendo los requisitos necesarios para la inscripción.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Dirección General de Salud Pública y Participación es competente para conocer y resolver el presente recurso ordinario, en virtud de lo establecido en el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Decreto 317/1996, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 77, de 6 de julio).

Segundo. Que no pueden ser estimadas las alegaciones del recurrente, por cuanto constan en el expediente escritos del Servicio de Salud de la Delegación Provincial de Salud de Granada, de fechas 17 y 27 de febrero de

1997, en los que se constata que la firma recurrente ni siquiera ha presentado la solicitud para la obtención del número de Registro General Sanitario de Alimentos.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, esta Dirección General de Salud Pública y Participación

RESUELVE

Desestimar el recurso ordinario interpuesto por Casa Paco, S.L., contra el acuerdo del Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Granada, de la referida fecha, procediendo confirmar el acuerdo impugnado.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 58 y 57.2.f) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956. Sevilla, 23 de abril de 1997.- La Directora General, Mª Antigua Escalera Urkiaga.

Granada, 4 de junio de 1997.- La Delegada, Isabel Baena Parejo.

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