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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Málaga, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ACOSOL, S.A. MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL. MALAGA
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio
Diámetro del contador en mm
13/15 300 ptas./mes
20 675 ptas./mes
25 1.890 ptas./mes
30 3.375 ptas./mes
40 6.750 ptas./mes
50 13.500 ptas./mes
65 22.500 ptas./mes
80 34.200 ptas./mes
100 47.250 ptas./mes
Cuota variable o de consumo
Consumo doméstico
Hasta 14 m3/mes 66 ptas./m3 Más de 14 m3 hasta 40 m3/mes 70 ptas./m3 Más de 40 m3/mes, en adelante 75 ptas./m3
Consumo industrial y comercial
Tarifa única 70 ptas./m3
El resto de los componentes tarifarios permanece vigente conforme a lo establecido en la Orden de 12 de abril de 1995 de la Consejería de Economía y Hacienda, publicada en el BOJA núm. 62, de 26 de abril de 1995.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 10 de julio de 1997
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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