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Habiéndose convocado por Orden de 9 de octubre de 1996 (BOJA núm. 118, de 15 de octubre de 1996) las ayudas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles andaluzas, en los niveles no universitarios durante 1996, vistas las solicitudes presentadas por la Comisión constituida de acuerdo con el artículo octavo.1 de la citada Orden, y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, esta Delegación Provincial, en virtud de los artículos octavo.2, undécimo y decimocuarto,
HA RESUELTO
Primero. Conceder las ayudas económicas para financiar las actividades presentadas a las organizaciones estudiantiles de la provincia de Jaén relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución con sus correspondientes cuantías y con cargo a la aplicación presupuestaria
0.1.18.00.03.23 48601.32F.1.
Segundo. Denegar las ayudas a las organizaciones estudiantiles relacionadas en el Anexo II de la Resolución con indicación del motivo de exclusión.
Tercero. Las entidades beneficiarias deberán justificar, en el plazo de 3 meses, a partir de la fecha de recepción de la subvención, la correcta inversión de la ayuda concedida mediane la presentación de la siguiente documentación:
a) Certificado en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinada en su integridad a las actividades para las que se le concede la ayuda.
b) Certificado acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrada en su contabilidad.
c) Memoria descriptiva de las actividades realizadas en la que se recoja, para cada una de las actividades, el grado de cumplimiento de los objetivos programados, así como el número de alumnos y alumnas que participaon en las mismas.
d) Carpeta-índice que incluya relación, para cada una de las actividades específicas en la Memoria, de los gastos, así como todos los originales de facturas y de cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitida, sea imputable a la ayuda concedida.
Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Jaén, 18 de diciembre de 1996.- La Delegada, Aurelia Calzada Muñoz.
ANEXO I
A.A. «El Educando¯ C.P. Frco. Badillo (Villatorres): 227.565 A.A. «Tres Violetas¯ C. Sta. María de la Capilla (Jaén): 77.565. A.A. «El Cole¯ C.P. San Miguel (Torredelcampo): 60.565. A.E. «Villoslada¯ EE.PP. Sagrada Familia (Ubeda): 172.130. A.A. «Neum¯ E.AA.OO.AA. (Ubeda): 77.565.
A.A. «Baecula¯ I.B. María Bellido (Bailén): 25.855. Asociación de Alumnos C. Sagrado Corazón (Bailén): 51.710. A.A. «Muley Xeque¯ CPMEA Pedro de Escavias (Andújar): 51.710. A.E. «Acmas¯ Conservatorio de Música (Linares): 51.710. A.A. «Javier Benjumea Puigserber¯ EE.P.P. SA.FA. (Andújar): 51.710. A.A. «El Encuentro¯ CPMEA Dolores González Osorio (Campillo de Arenas):
25.870.
ANEXO II
AA. «Ruradia¯ C.P.C. Nueva Andalucía Rus: Fuera de plazo. Asociación de Alumnos Progresistas I.F.P. Infanta Elena. Bailén: No adaptarse a la convocatoria.
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