Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 21/08/1997

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 31 de julio de 1997, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso para la adjudicación de plazas en la residencia Universitaria para el curso académico 1997-1998.

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Con objeto de facilitar el alojamiento de jóvenes estudiantes con bajo nivel de renta desplazados de su lugar de origen por razón de sus estudios en la Universidad de Málaga, ésta se incorporó al Convenio suscrito el 26 de noviembre de 1990, entre el extinto Ministerio de Asuntos Sociales, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Málaga, mediante Addenda, al citado Convenio, de fecha 29 de julio de 1997.

Según se recoge en la estipulación quinta del mismo la oferta de las plazas a los jóvenes, se hará pública en el BOJA, cuyas bases han sido previamente acordadas por el Comité de Dirección constituido de acuerdo con lo establecido en la estipulación novena del referido Convenio.

En virtud del cual, tengo a bien disponer:

Se convoca concurso para la adjudicación de 256 plazas en la Residencia Universitaria para estudiantes de la Universidad de Málaga para el curso académico 1997-1998, que se regirá por las bases que figuran en el Anexo de la presente Resolución.

Málaga, 31 de julio de 1997.- El Rector, Antonio Díez de los Ríos Delgado.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Se convocan a concurso público de méritos 256 plazas de residentes para el curso académico 1997-1998 en la Residencia de Estudiantes de Málaga para miembros de la comunidad universitaria, que se otorgarán de conformidad con las presentes bases.

Segunda. Son posibles beneficiarios de una plaza de residente las siguientes personas:

A) Estudiantes que cursen o vayan a cursar estudios universitarios de primero y segundo ciclo, en cualquiera de las titulaciones de la Universidad de Málaga.

En cualquiera de los casos antes indicados, los adjudicatarios de las plazas serán menores de treinta años de edad con bajo nivel de renta.

B) Estudiantes de tercer ciclo en algún programa de doctorado de la Universidad de Málaga y jóvenes que desarrollen labores investigadoras y docentes en esta Universidad, así como antiguos alumnos doctorados, licenciados o diplomados de la misma que acrediten preparar una oposición pública. Para este colectivo se reservarán el 10% de las plazas ofertadas. La Dirección General de Asuntos Sociales y Alumnos de la Universidad de Málaga podrá aumentar ese tanto por ciento con la finalidad de satisfacer la ocupación total de las plazas, en cuyo caso, el acuerdo que se adopte será objeto de publicidad en los tablones de anuncios de la Universidad.

C) En caso de quedar plazas disponibles después de su adjudicación a las personas incluidas en los puntos a) y b), la Universidad podrá destinarlas para su uso por los diferentes sectores integrados en la comunidad universitaria, en los términos más convenientes para el servicio público.

Tercera. Las plazas de los apartamentos universitarios que salen a concurso son las siguientes:

A) Para las personas recogidas en el punto a) de la base segunda, 164 plazas. Dentro de este cupo, podrán destinarse plazas a alumnos extranjeros incluidos en programas de movilidad estudiantil de la Universidad siempre que presenten solicitud y cumplan los requisitos exigidos con carácter general. Los precios vienen establecidos según la renta disponible de la unidad familiar. Si no se supera el primer umbral de renta, el precio será de 16.000 ptas. mensuales por plaza y persona.

Si el umbral de renta está comprendido entre el primer y el segundo umbral, el precio es de 17.500 ptas. mensuales. Si el umbral de renta está comprendido entre el segundo y tercer umbral, el precio será de 19.500 ptas. mensuales. Y por último, cuando la renta neta de la unidad familiar sea superior al tercer umbral, el precio será de 21.500 ptas. mensuales. Para estudiantes extranjeros se aplicará el precio de 25.000 ptas. mensuales.

Los precios anteriormente señalados en este apartado se corresponden con un servicio de alojamiento prestado en habitaciones dobles.

B) Para las personas recogidas en el punto b) de la base segunda, 89 plazas. El precio establecido por plaza será de 25.000 ptas. mensuales. Este servicio será prestado en habitaciones individuales.

C) 3 plazas en habitaciones especiales para residentes discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65%. El precio establecido por plaza será de 16.000 ptas. mensuales. Igual precio se aplicará a los posibles acompañantes.

Los precios indicados no incluyen la alimentación, ropa de cama y enseres, así como los gastos de consumo de energía eléctrica y de teléfono. Otros servicios extras que se puedan ofertar serán con cargo a los beneficiarios.

La reparación de los daños que se causen al inmueble, instalaciones del mismo y muebles con los que se haya dotado cada apartamento, serán por cuenta del usuario y quedarán garantizados con fianza.

Cuarta. La propuesta de adjudicación de plazas se realizará por un Jurado de Selección constituido a tal efecto por la Universidad de Málaga. Este órgano dará traslado de su propuesta a la Comisión de Adjudicación constituida según recoge la estipulación quinta, punto 4º, del Convenio suscrito el 26 de noviembre de 1990.

El Jurado de Selección realizará su propuesta de asignación conforme a una valoración ponderada a los siguientes criterios:

A) Para estudiantes de primero y segundo ciclo recogidos en el punto a) de la base segunda, se aplicarán los siguientes índices de prioridad:

1. Umbrales de renta familiar (renta neta o disponible). Se consideran miembros computables los indicados en el el art. 21 de la Orden de 30 de junio de 1996, por la que se convocan becas y ayudas a estudios de carácter general para estudios universitarios y medios para el curso académico

1996-1997.

Familias de 1. Umbral 2º Umbral 3. Umbral

1 miembro 922.000 1.200.000 1.567.000

2 miembros 1.507.000 2.050.000 2.562.000

3 miembros 1.978.000 2.783.000 3.363.000

4 miembros 2.345.000 3.321.000 3.986.000

5 miembros 2.606.000 3.618.000 4.430.000

6 miembros 2.862.000 3.880.000 4.865.000

7 miembros 3.113.000 4.136.000 5.292.000

8 miembros 3.362.000 4.387.000 5.715.000

A partir del octavo miembro, se añadirán 245.000 pesetas por cada nuevo miembro computable. La renta familiar disponible se calculará de conformidad con lo dispuesto en el art. 22 y en el art. 23 apartados a) y c) de la Orden citada en la presente base.

Si no se supera el primer umbral de renta: 26 puntos, Si se está comprendido entre el segundo y el tercer umbral de renta, ambos inclusive: 14 puntos. Si se supera el tercer umbral de renta: Cero puntos.

Podrá ser denegada la adjudicación de la plaza en los apartamentos a aquellos solicitantes que superen los umbrales patrimoniales indicados en el art. 25 de la Orden mencionada en la presente base de esta convocatoria.

2) Distancia del domicilio familiar al centro docente:

Entre 25 y 50 kilómetros: 4 puntos.

Entre 51 y 100 kilómetros: 8 puntos.

Entre 101 y 200 kilómetros: 10 puntos.

Más de 201 kilómetros: 12 puntos.

3) Media del expediente académico.

Aprobado-suficiente: 3 puntos.

Bien: 6 puntos.

Notable: 10 puntos.

Sobresaliente: 12 puntos.

Matrícula de Honor: 14 puntos.

Para tener derecho a plaza es necesario tener una nota media de suficiente o aprobado en el expediente académico del último año lectivo finalizado. Se ponderará el grado de dificultad de las distintas titulaciones. La nota media se calculará de acuerdo con el baremo establecido en el art. 27 y, en el caso de enseñanzas renovadas, el art. 31 de la Orden indicada en las bases precedentes.

B) Para las personas recogidas en el punto b) de la base segunda los criterios de preferencia serán los de renta económica, expediente académico y curriculum vitae.

C) Para las personas discapacitadas la Comisión de Adjudicación podrá resolver, estudiando las circunstancias especiales que concurran en cada caso.

Quinta. El otorgamiento de una plaza de residente es por un período que abarcará desde el inicio del curso académico 1997-1998 hasta el 10 de julio de 1998.

El uso de los apartamentos está excluido del ámbito de aplicación de la Ley

29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, de acuerdo con lo establecido en su artículo 5ºd).

Los residentes aceptarán el reglamento de funcionamiento interno cuya aplicación corresponde a la Dirección Académica de la Residencia. Los residentes se comprometen a cumplir las normas de convivencia del complejo, así como el resto de las normas universitarias aplicables, además de las que se establezcan para el adecuado uso de los servicios y el funcionamiento general de los apartamentos.

Sexta. Cualquier interesado en solicitar plaza para los apartamentos deberá dirigirse a la Dirección General de Asuntos Sociales y Alumnos de la Universidad de Málaga (Plaza El Ejido s/n. Edificio Rectorado. 29013 Málaga) y cumplimentar la solicitud que les será facilitada en la misma. Las solicitudes deberán presentarse en horario de mañana en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios previstos en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, hasta 15 días hábiles a contar del siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado o en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

A la vista de las solicitudes presentadas el Jurado de Selección realizará la correspondiente propuesta sobre la concesión de plazas. Vista la anterior propuesta por la Comisión de Adjudicación regulada en el Convenio suscrito a tal efecto, ésta elevará al Rector de la Universidad de Málaga para efectuar su adjudicación mediante Resolución. Esta Resolución podrá ser recurrida mediante los procedimientos legales establecidos.

El Jurado de Selección podrá ampliar el plazo de presentación de solicitudes atendiendo a las circunstancias que concurran, acuerdo que será objeto de publicidad en los tablones de anuncios de la Universidad.

Séptima. Los solicitantes deberán presentar, junto con el impreso de solicitud, los siguientes documentos:

1º Solicitud y cuestionario debidamente cumplimentado que deberán retirar en la Dirección General de Asuntos Sociales y, Alumnos de la Universidad de Málaga.

2º Fotocopia del Documento Nacional de Identidad y del Número de Identificación Fiscal (si el DNI no es el modelo actual) de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años. Para extranjeros, fotocopia de Pasaporte y Permiso de Residencia.

3º Certificación de la Agencia Estatal Tributaria acreditativa de la base imponible correspondiente a Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio de 1996, de todos los miembros de la unidad (en caso de no estar obligado a presentarla: Certificado de empresa, Seguridad Social y organismo pagador, así como cumplimentar la hoja 3 del cuestionario).

4º Para aquellos que inicien sus estudios en la Universidad de Málaga, tarjeta de selectividad o fotocopia compulsada de la misma y, en su caso, certificación académica aquéllos que procedan de otra universidad. Para las personas incluidas en el punto b) de la base segunda deberán aportar expediente académico y curriculum vitae.

5º Para las personas incluidas en el punto c) de la base tercera, certificado que acredite un grado de minusvalía igual o superior al 65%.

El Jurado de Selección podrá solicitar cuantos documentos se estimen necesarios para el otorgamiento de las plazas.

Octava. A la firma del contrato los adjudicatarios de las plazas formalizarán una declaración jurada aceptando el Reglamento de funcionamiento interno de los apartamentos y deberán presentar la siguiente documentación:

a) 2 fotografías tamaño carné.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad infecto-contagiosa.

c) Justificante de la vinculación a la Universidad de Málaga.

La efectiva ocupación de la plaza estará condicionada a la presentación del documento que acredite el pago de una fianza de 30.000 pesetas.

En el supuesto de que se produjese la renuncia voluntaria a la plaza de residente antes de que finalizase el plazo de terminación del curso académico se perderá la fianza, salvo que dicha plaza se abandone por causa de fuerza mayor, excluida la expulsión.

En el supuesto de que algún residente causase voluntaria o involuntariamente daños a los bienes del apartamento, se asignarán estas cantidades, así como las que les fuesen reclamadas, en su caso, a la reparación de los perjuicios ocasionados.

De no concurrir ninguna de las circunstancias expresadas en los párrafos anteriores, así como de las contempladas en el Reglamento de Funcionamiento, se devolverán las cantidades señaladas una vez finalizado el curso académico.

D I L I G E N C I A

La presente propuesta de convocatoria de concurso de adjudicación de plazas en la Residencia Universitaria de Málaga, fue aprobada por el Comité de Dirección del Convenio en sesión celebrada el pasado día 8 de julio de 1997.

SOLICITUD DE PLAZA DE ALOJAMIENTO EN LA RESIDENCIA DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE MALAGA

Datos personales.

Apellidos ................................Nombre............................ DNI/Pasaporte .................Fecha y lugar de nacimiento..................

Datos académicos.

Colegio/Instituto y ciudad donde cursó COU o FP............................. Facultad o Escuela y titulación que estudia o va a iniciar sus estudios en el curso 1997/98(1)......................................................... Curso superior en el que va a matricularse:................................. Alojamiento en el curso anterior (colegio mayor, residencia universitaria, piso alquilado, domicilio familiar u otros)................................. Titulación universitaria y por qué Universidad, tareas que va a realizar o realiza en la UMA y en qué Centro (2):

Datos familiares.

Domicilio familiar (calle y número)......................................... Localidad ............Provincia .......C.P............. Nación.............. Teléfono ................... Distancia en Km. del domicilio familiar a Málaga (Capital)............................................................ Nombre del padre .................Titulación y profesión.................... Nombre de la madre ...............Titulación y profesión...................

Nota: Para confirmar la solicitud de adjudicación de la plaza de residente, previamente debe haber hecho efectiva la fianza de 30.000 ptas. en la C/C que se determine.

En Málaga, a .... de ........ de 199 ..

Firma del solicitante:

Fdo.:

Marcar la documentación que se acompaña:

- Fotocopia Resguardo de matrícula o documento acreditativo del vínculo con la UMA

_ Fotografías (2)

_ Fotocopia DNI/Tarjeta residente (extranjeros).

_ Fotocopia justificante ingreso de fianza.

_ Certificación de la Agencia Estatal Tributaria.

_ Certificación Académica.

_ Certificado acreditativo del grado de minusvalía (en su caso).

(1)Si es estudiante que vaya a cursar o curse estudios de primero o segundo ciclo.

(2)Si es titulado universitario y/o va a realizar estudios de tercer ciclo o realiza tareas de investigación o docentes en la UMA.

D.G. DE ASUNTOS SOCIALES Y ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE MALAGA, RESIDENCIA DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE MALAGA. PROSPERO MERIME, S/N.

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