Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 23/08/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 29 de julio de 1997, de la Dirección General de Administración Local, por la que se modifica la clasificación del puesto de trabajo de colaboración de Oficial Mayor, existente en el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera (Cádiz).

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Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para las Administraciones Públicas de 16 de marzo de 1988, se procedió a clasificar un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera (Cádiz), con la denominación de Oficial Mayor, como de Secretaría de clase primera.

Posteriormente la Corporación Local anteriormente indicada ha adoptado, en sesión celebrada el día 7 de julio de 1997, el acuerdo relativo a la solicitud de modificación de la clasificación de este puesto de trabajo en clase segunda, permitiendo de esta forma que pueda ser desempeñado por funcionarios de Subescala de Secretaría, categoría de Entrada.

Vista la petición formulada por el respectivo Ayuntamiento, y de conformidad con lo establecido en el artículo 165 del Real Decreto Legislativo 781/1982, de 18 de abril, g) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Esta Dirección General ha resuelto:

Se modifica la clasificación del puesto de trabajo de colaboración existente en el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera (Cádiz) denominado Oficial Mayor, actualmente de Secretaría de clase primera a Secretaría de clase segunda.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el art. 109, apartado d), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con el art. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 29 de julio de 1997.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

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