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De conformidad con lo dispuesto en el Título VIII, artículo
109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad de Andalucía, esta Consejería ha resuelto dar publicidad a las dieciséis subvenciones concedidas a las Entidades Locales que se indican en el Anexo, en las cuantías y fechas que se relacionan, destinadas a la constitución y funcionamiento de las juntas arbitrales de consumo de ámbito local, conforme a lo dispuesto en la Orden de 10 de febrero de 1998, de la Consejería de Trabajo e Industria.
Sevilla, 18 de septiembre de 1998.- La Directora General, Rosa Mar Prieto-Castro García-Alix.
ANEXO
Fecha de Subvención
Entidad Local concesión concedida
Exmo. Ayuntamiento de Almería 30-7-98 213.541 pesetas Diputación Provincial de Almería 30-7-98 1.000.000 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Cádiz 30-7-98 213.541 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Córdoba 30-7-98 213.541 pesetas Diputación Provincial de Córdoba 30-7-98 1.000.000 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Granada 30-7-98 213.541 pesetas Diputación Provincial de Granada 30-7-98 500.000 pesetas Mancomunidad de la Costa Tropical 30-7-98 1.000.000 pesetas de Granada
Excmo. Ayuntamiento de Huelva 30-7-98 213.541 pesetas Diputación Provincial de Huelva 30-7-98 1.000.000 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Jerez 30-7-98 213.541 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Málaga 30-7-98 213.540 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Sevilla 30-7-98 360.000 pesetas Diputación Provincial de Jaén 14-9-98 500.000 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Jaén 14-9-98 213.541 pesetas Diputación Provincial de Sevilla 14-9-98 500.000 pesetas
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