Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 27/10/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 14 de octubre de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos y las causas de exclusión a las becas para la realización de trabajos de investigación y estudio en materia de legislación turística y deportiva.

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De conformidad con lo establecido en la base 5.c) del Anexo I de la Orden de 1 de julio de 1998 (BOJA núm. 82, de 23 de julio), de la Consejería de Turismo y Deporte, por la que se convocan becas para la realización de trabajos de investigación y estudio en materia de legislación turística y deportiva para

1999, esta Secretaría General Técnica ha resuelto:

Primero. Aprobar las listas provisionales de los aspirantes admitidos (Anexo I) y excluidos (Anexo II) a dichas becas y las causas de exclusión.

Segundo. Las listas, con los Anexos citados, quedarán expuestas al público en la sede de la Consejería de Turismo y Deporte, sita en Sevilla, Edificio Torretriana (Isla de la Cartuja) y en las sedes de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería.

Tercero. Los aspirantes excluidos disponen de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión en la lista de admitidos.

Los escritos de subsanación, acompañados en su caso de la documentación correspondiente, se presentarán en el Registro de la Consejería de Turismo y Deporte, en los de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería y en los demás Registros que correspondan, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De acuerdo con las bases 5.b.6 y 7.b), cualquier mérito académico o actividad complementaria que haya sido alegado por los interesados habrá de ser acreditado documentalmente, para lo cual disponen del plazo antes indicado.

Una vez valorados los escritos y, en su caso, subsanados los errores, la Secretaría General Técnica, por delegación del Consejero de Turismo y Deporte, dictará Resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos. Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en ella se señalará el lugar donde estos listados serán expuestos al público.

Sevilla, 14 de octubre de 1998.- El Secretario General Técnico, Rafael Rodríguez de León García.

ANEXO

CODIGOS DE EXCLUSION

01 DNI o equivalente no aportado o sin compulsar

02 Título de Licenciado en Derecho o recibo abono derechos no aportado o sin compulsar

03 Expediente académico no aportado o sin compulsar

04 No aporta declaración relativa al requisito 5.b.5

05 No aporta declaración relativa al requisito 5.b.7

Código de no valoración del apartado c) del punto 7 (Idioma)

06 No compulsa o no aporta documentación acreditativa del conocimiento de un idioma extranjero

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