Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 31/10/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por el que se notifica Resolución por la que se suspende la inscripción de determinadas empresas titulares de salones.

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De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el domicilio de los interesados, la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas ha resuelto la publicación de la siguiente Resolución:

Examinado el expediente correspondiente a la Empresa Titular de Salones Pilar Matic, S.A., con número de Inscripción TJA000839, concedido el día 8 de junio de 1989, se procede a considerar los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que por el Servicio de Autorizaciones le fue comunicado a la precitada Empresa Titular de Salones la obligatoriedad de efectuar nuevo depósito de fianza reglamentaria establecida, notificación que fue realizada a través del escrito de fecha 1 de junio de 1998, registrado de salida bajo el número 3212, recibido por la citada empresa, según acuse de recibo de fecha 8 de junio de 1998.

Segundo. Que hasta el día de la fecha no se ha presentado ante esta Dirección General justificante de haberse efectuado el depósito de la fianza, habiéndose rebasado ampliamente el plazo concedido para ello.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Unico. Que el artículo 21 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que las disminuciones de las fianzas deberán reponerse en un plazo dentro de los ocho días siguientes, y en caso de no hacerlo, quedará en suspenso la autorización concedida a la empresa.

Vistos. El precepto legal citado y el Decreto 180/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Dirección General ha resuelto declarar la suspensión de la inscripción concedida a la Empresa titular de Salones Pilar Matic, S.A., y su inhabilitación para explotar Salones Recreativos y de Juego en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por todo lo anterior, por la Delegación del Gobierno, se procederá a la ejecución de la suspensión acordada, mediante la adopción de las medidas oportunas.

Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, en el plazo y con los requisitos señalados en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A N E X O

Expediente E.T.S.: 629/88.

Interesado: Pilar Matic, S.A.

Sevilla, 7 de octubre de 1998.- El Director General, Rafael Martín de Agar y Valverde.

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