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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 4 de junio de 1998 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el recurso contencioso- administrativo número 1557/1995, promovido por Frutas Maripi, S.L., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad Frutas Maripi, S.L., contra resoluciones que recoge el primero de los antecedentes de hecho de esta sentencia, las que anulamos en el particular relativo a las dos infracciones que recogen los fundamentos de derecho tercero y cuarto, quedando así reducida la sanción a la cantidad de cien mil pesetas. Sin costas.
Sevilla, 23 de octubre de 1998.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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