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A tenor de lo dispuesto por los artículos 39.7 y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con objeto de conseguir mayor agilidad y eficacia administrativa, se hace necesario acordar la delegación que en la presente Orden se especifica.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me están conferidas por la legislación vigente,
DISPONGO
Artículo único. Se delega en la Directora de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias de Andalucía, para el solo acto que se expresa, la competencia para la suscripción de un Convenio específico de Colaboración entre la Consejería de Salud y la Escuela Andaluza de Salud Pública, para la realización del proyecto «Evaluación del tratamiento quirúrgico de la Litiasis Biliar en Andalucía: Abordaje Laparoscópico y Laparotomía Convencional¯.
Disposición final. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de octubre de 1998
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
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