Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 26/11/1998

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 5 de noviembre de 1998, de la Universidad de Almería, por la que se convocan dos becas predoctorales con cargo a los fondos del grupo de investigación Residuos de Plaguicidas.

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La Universidad de Almería convoca a concurso público dos becas predoctorales financiadas con los fondos del grupo de investigación «Residuos de Plaguicidas¯.

Solicitantes: Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.

Requisitos. Para una de las becas: Licenciados/as en Químicas, con posterioridad al curso académico 96/97, con experiencia en análisis de compuestos orgánicos por el GC-MS. Experiencia en tratamiento de muestras acuosas.

Para la otra beca: Licenciados/as en Farmacia, con posterioridad al curso académico 93/94, con experiencia en evaluación de toxicidad de efluentes por Microtox. Experiencia en el trabajo con pesticidad. Experiencia en tratamiento de muestras acuosas por SPE.

Dotación de la beca: La beca comprende una asignación mensual de 110.000 ptas. y un seguro combinado de accidentes individuales y asistencia sanitaria. Serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por el Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

Duración de la beca: Seis meses, con posibilidad de prórroga.

Carácter de las becas: La concesión de estas becas no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Universidad de Almería y su disfrute exige dedicación exclusiva.

Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en la Sección Gestión de Investigación de la Universidad de Almería y se acompañará de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI.

- Original o fotocopia compulsada del expediente académico.

- Currículum vitae (no se valorará aquello que no esté debidamente acreditado).

Las solicitudes, dirigidas al Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico, podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de presentación de solicitudes: Diez días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera con el sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.

Criterios de selección: La resolución de la presente convocatoria la realizará la Comisión Evaluadora de Solicitudes, que estará compuesta por:

- Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

- Ilmo. Sr. Secretario General.

- El tutor del becario, don Amadeo Rodríguez Fernández-Alba.

- Dos miembros de la Comisión de Investigación a propuesta de ésta.

La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos,

siguiendo el baremo que se haya expuesto en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico, pudiendo citar a los candidatos a una entrevista personal. La Resolución de las becas se publicará en el citado tablón de anuncios.

Si en un plazo de tiempo inferior a dos meses, contados a partir de la Resolución de la presente convocatoria, se produjera la vacante o renuncia de una beca, se sustituirá por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión Evaluadora de Becas.

Obligaciones del becario/a:

1. La aceptación de la beca por parte del beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el tutor/a de la beca, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la Universidad de Almería y resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de ésta.

2. Será obligación del becario/a solicitar autorización del Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico para cualquier cambio de centro, director, proyecto de investigación o interrupción razonada de la beca, previo informe del tutor/a, así como informar de la renuncia de la misma.

3. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Almería, 5 de noviembre de 1998.- El Rector, Alfredo Martínez Almécija.

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