Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 19/12/1998

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Otros. AYUNTAMIENTO DE CARMONA

ANUNCIO de bases.

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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, EN PROPIEDAD, DOS PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL, INCLUIDAS EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO E INTEGRADAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA 1998

I. BASES GENERALES

Primera. Se convocan para su provisión en propiedad las plazas de este Excelentísimo Ayuntamiento que se indican en los Anexos a la presente convocatoria.

Estas plazas pertenecen a la Escala, Subescala o Clase que se indica en los Anexos correspondientes, y están dotadas de los haberes correspondientes al Grupo que igualmente se especifica.

Segunda. La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en las presentes bases, y, en su defecto, se estará a lo establecido en el R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública; R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, por el R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y por cualquier otra disposición aplicable.

II. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Tercera. Los requisitos establecidos en los Anexos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

III. SOLICITUDES

Cuarta. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en las instancias que les sean facilitadas y presentarlas en el Registro General del Ayuntamiento, dirigidas al Señor Alcalde, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de estas convocatorias en el «Boletín Oficial del Estado¯.

A las instancias, que también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán adjuntarse los correspondientes justificantes de haber abonado los derechos de examen.

IV. ADMISION DE CANDIDATOS

Quinta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ la resolución de la Alcaldía aprobando las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constarán los nombres y apellidos de los candidatos, y, en su caso, la causa de la no admisión.

Sexta. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la resolución anterior establecerá un plazo de diez días para subsanación de errores.

Séptima. En ningún caso será necesaria la previa inscripción en las oficinas de empleo para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente oferta de empleo público.

V. TRIBUNALES

Octava. Los Tribunales Calificadores de las pruebas quedarán formados como sigue:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Comunidad Autónoma.

- Un representante del Profesorado Oficial, designado por el Instituto Nacional de Administración Pública.

- El Director o Jefe del respectivo Servicio dentro de la especialidad.

- Un Técnico o experto designado por el Presidente de la Corporación.

- Un funcionario de carrera, designado por el Presidente de la Corporación, a propuesta de la Junta de Personal.

- Un representante de cada uno de los Grupos Políticos con representación en el Excmo. Ayuntamiento de Carmona.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recursarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la indicada Ley y adoptará sus decisiones por mayoría de votos presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente. Si por cualquier

circunstancia no concurren a alguna de las sesiones el

Presidente y el Secretario, se suplirán por los Vocales de mayor y menor edad, respectivamente.

Los Tribunales quedan facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, así como para incorporar especialistas en pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos. Tales especialistas actuarán con voz pero sin voto.

VI. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS

Novena. El calendario del inicio de las pruebas, y la hora y lugar de su realización, se publicarán en el «Boletín Oficial¯ de la provincia. Igualmente, se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal Calificador.

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

En la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer opositor cuyo primer apellido, según lista de admitidos ordenada alfabéticamente, comience con la letra «R¯. Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido comenzara por la letra indicada, actuará en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por las letras del alfabeto

inmediatamente siguientes.

VII. SISTEMA DE CALIFICACION

Todos los ejercicios indicados en el correspondiente Anexo, que serán leídos por los aspirantes si así lo decide el Tribunal Calificador, serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10, obteniéndose la calificación de cada ejercicio por la media de puntos concedidos por cada miembro del Tribunal, pudiéndose eliminar, si se considera oportuno, las puntuaciones mayor y menor, al objeto de garantizar la equidad en la nota concedida a los aspirantes.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.

VIII. PUNTUACION Y PROPUESTA DE SELECCION

Décima. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de

seleccionados no podrá rebasar el número de plazas convocadas.

Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, a la Presidencia de la Corporación, quien, a su vez, formulará la correspondiente propuesta de nombramiento a la Comisión de Gobierno de la misma.

IX. PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO

Undécima. El aspirante propuesto deberá aportar, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos exigidos en las bases tercera y cuarta de la convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser

nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus instancias. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente

certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Cumplidos los trámites, el Presidente de la Corporación elevará propuesta de nombramiento a la Comisión de Gobierno Municipal, en favor de los aspirantes seleccionados.

Base final. El número de plazas convocadas podrán

incrementarse con aquéllas pertenecientes a la misma Escala, Subescala, categoría y clase que queden vacantes por cualquier circunstancia, antes del inicio de las pruebas selectivas correspondientes.

ANEXO I

Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo.

Régimen: Convocatoria pública.

Núm. de plazas: Una.

Escala: Administración General.

Subescala: Auxiliar.

Grupo: D.

Nivel: 16.

Funciones de la plaza: Las propias de la Subescala.

Sistema de selección: Oposición libre.

Derechos de examen: 1.500 ptas.

Requisitos: Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Ser español o miembro de la U.E.

B) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla en que falten al menos diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

E) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de

incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

F) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

EJERCICIOS

Todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

Primero. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora y treinta minutos, un tema de carácter general señalado por el Tribunal relacionado con las materias del Programa que se acompaña a la convocatoria, sin que tenga que atenerse a un epígrafe concreto del mismo.

Se valorará el nivel de formación general, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.

Segundo. Consistirá en desarrollar por escrito en el tiempo máximo de dos horas y media, dos temas extraídos por sorteo, siendo uno de la parte relativa a Materias Comunes y otro de la parte relativa a Materias Específicas.

Tercero. Consistirá en una prueba objetiva formada por

supuestos de carácter práctico, dirigida a apreciar la

capacidad de los aspirantes para la composición, modificación y corrección de documentos escritos mediante la utilización de sistemas de tratamientos de textos, así como creación y manejo de bases de datos. Editor de Texto: Word 97 (Office 97

Microsoft). Base de Datos: Acces 97 (Office 97 Microsoft). Bajo entorno Windows 95.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Los derechos y deberes fundamentales. Nociones generales.

2. La Corona. Los poderes del Estado. Nociones generales.

3. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los Entes Públicos: La Administración del Estado, Autonómica, Local e Institucional.

4. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y

disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

5. Régimen Local español. Entidades que lo integran. Principios constitucionales y regulación jurídica.

6. La Provincia en el Régimen Local. Organización Provincial. Competencias.

7. El Municipio. Organización Municipal. Competencias.

8. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones territoriales. La autonomía Municipal y el control de legalidad.

9. El Derecho Administrativo y sus fuentes. La Ley y el Reglamento.

10. Formas de acción administrativa en la esfera local. Fomento. Servicio Público. Policía.

11. Intervención administrativa en la actividad privada. Especial referencia a la concesión de licencias.

12. Las Haciendas Locales: Clasificación de los recursos. Ordenanzas Fiscales.

13. Los Presupuestos locales. Estructura, tramitación. Régimen jurídico del Gasto Público Local.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Procedimiento Administrativo Local. El Registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

2. Los actos administrativos: Concepto y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.

3. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones de acuerdos.

4. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista.

5. Los bienes de las Entidades Locales.

6. La responsabilidad de la Administración.

7. Los Recursos Administrativos. Concepto y clases. Recurso ordinario, contencioso-administrativo y de revisión.

8. El personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones

administrativas. El personal laboral.

9. Derechos de los Funcionarios Públicos Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

10. Deberes de los Funcionarios Públicos. Responsabilidad y régimen disciplinario.

11. La relación con los administrados. Introducción a la comunicación. Tipos de comunicación: Oral y telefónica.

12. Organización del trabajo. El trabajo en equipo.

13. Concepto de documento y archivo. Funciones del archivo. Clases de archivos. Especial consideración al Archivo de Gestión.

14. Análisis documental: Documentos oficiales. Formación del expediente administrativo. Documentación del apoyo informativo. Criterios de ordenación de archivos. El archivo como fuente de información: Servicio de Archivo.

15. La informática en la Administración Pública. El ordenador personal: Sus componentes fundamentales.

16. La ofimática. Especial referencia al tratamiento de textos y las Bases de Datos.

ANEXO II

Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo.

Régimen: Oposición restringida (Promoción interna).

Núm. de plazas: Una.

Escala: Administración General.

Subescala: Auxiliar.

Grupo: D.

Nivel: 16.

Funciones de la plaza: Las propias de la Subescala.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Derechos de examen: 1.500 ptas.

Requisitos: Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Ser español o miembro de la U.E.

B) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla en que falten al menos diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

E) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de

incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

F) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

G) Contar con un mínimo de dos años de servicios en la

Administración Pública como Subalterno (Escala de

Administración General).

PROCESO SELECTIVO

FASE DE OPOSICION

Integrada por los siguientes ejercicios, que tienen carácter obligatorios y eliminatorios:

Primero. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora y treinta minutos, un tema de carácter general señalado por el Tribunal relacionado con las materias del Programa que se acompaña a la convocatoria, sin que tenga que atenerse a un epígrafe concreto del mismo.

Se valorará el nivel de formación general, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.

Segundo. Consistirá en desarrollar por escrito en el tiempo máximo de dos horas y media, dos temas extraídos por sorteo, siendo uno de la parte relativa a Materias Comunes y otro de la parte relativa a Materias Específicas.

Tercero. Consistirá en una prueba objetiva formada por

supuestos de carácter práctico, dirigida a apreciar la

capacidad de los aspirantes para la composición, modificación y corrección de documentos escritos mediante la utilización de sistemas de tratamientos de textos, así como creación y manejo de bases de datos. Editor de Texto: Word 97 (Office 97

Microsoft). Base de Datos: Acces 97 (Office 97 Microsoft). Bajo entorno Windows 95.

FASE DE CONCURSO

En esta fase se procederá a valorar, con carácter previo a la oposición, los méritos incluidos en el baremo que se detalla a continuación, no otorgándose, en ningún caso, una puntuación superior al 25% de la que pudiera concederse como máximo, en la fase de oposición (hasta un máximo de 7,5 puntos).

BAREMO DE MERITOS

1. Por poseer título académico relacionado con el puesto a que se concursa, aparte de la exigida para acceder al Grupo a que se pertenece, hasta un máximo de 1,125 puntos, en la forma siguiente:

Titulación máxima dentro de la rama, profesión o especialidad (Licenciatura Ciencias Económicas, y en Derecho): 0,75 puntos.

Segundo nivel de titulación con las características anteriores (Diplomatura en Ciencias Empresariales, Derecho o Graduado Social): 0,50 puntos.

Tercer nivel de titulación (Bachiller Superior, Formación Profesional de 2º Grado o equivalente): 0,25 puntos.

A estos efectos de equivalencia de titulación, sólo se

admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación y Ciencia con carácter general y válidos a todos los efectos.

No se valorarán como méritos títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

2. Por la participación en Cursos y Seminarios, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 1,5 puntos, en la forma siguiente:

Cursos de 10 a 20 horas: 0,25 puntos.

Cursos de 21 a 40 horas: 0,35 puntos.

Cursos de 41 a 100 horas: 0,50 puntos.

Si el curso es impartido por un Organismo Oficial: 0,20 puntos (adicionales).

Si el curso realizado fue impulsado por el Ayuntamiento de Carmona, bien interviniendo directamente o indirectamente a través de otro Organismo: 0,20 puntos (adicionales).

Si el curso tuviera carácter selectivo: 0,20 puntos

(adicionales).

En el caso de que en el curso se hubieran efectuado pruebas calificadoras finales y éstas no se hubieran superado, no se valorará como méritos.

3. La antigüedad acreditada en plaza en propiedad de

Subalterno de Administración General, se valorará hasta un máximo de 4,875 puntos, en la forma siguiente:

Por cada mes de servicio en el Ayuntamiento de Carmona: 0,03 puntos.

Por cada mes de servicio en otras Administraciones Públicas:

0,01 punto.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

La puntuación definitiva de los aspirantes y el orden de calificación estará determinado por las sumas de las

puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.

MATERIAS COMUNES

1. La Corona. Los poderes del Estado. Nociones generales.

2. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los Entes Públicos: la Administración del Estado, Autonómica, Local e Institucional.

3. La Provincia en el Régimen Local. Organización Provincial. Competencias.

4. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad.

5. Formas de acción administrativa en la esfera Local. Fomento. Servicio Público. Policía.

6. Intervención administrativa en la actividad privada. Especial referencia a la concesión de licencias.

7. Las Haciendas Locales: Clasificación de los recursos. Ordenanzas Fiscales.

8. Los Presupuestos Locales. Estructura, tramitación. Régimen jurídico del Gasto Público Local.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Procedimiento Administrativo Local. El Registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

2. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones de acuerdos.

3. Los actos administrativos: Concepto y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.

4. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista.

5. Los bienes de las Entidades Locales.

6. La responsabilidad de la Administración.

7. Los Recursos Administrativos. Concepto y clases. Recurso ordinario, contencioso-administrativo y de revisión.

8. La ofimática. Especial referencia al tratamiento de textos y las Bases de Datos.

Carmona, 9 de septiembre de 1998.- El Alcalde.

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