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Intentada la notificación, sin haberse podido practicar, de la Resolución recaída en el expediente sancionador núm. SE-
004/97, incoado contra Restaurante Marea Grande, S.L., titular del establecimiento denominado Restaurante «Marea Grande¯, por infracción a la normativa turística, tras intentarlo en su domicilio social en C/ Víctor Andrés Belaunde, 17, de Madrid, devuelto a su procedencia, en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59, párrafo 4º, y artículo 61 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por si pudiesen lesionarse derechos o intereses legítimos, se publica el presente anuncio para que sirva de notificación de la Resolución recaída por la que se impone una sanción de apercibimiento, por infracción del artículo 7.a) de la Ley
3/86, de 19 de abril.
Haciéndose saber que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Consejero de Turismo y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día de su notificación.
Sevilla, 23 de noviembre de 1998.- El Delegado, Miguel Camacho Ramírez.
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