Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 26/12/1998

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 25 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica, por la que se convocan para el año 1999 ayudas a asociaciones y organizaciones empresariales en desarrollo del Programa de Cooperación Empresarial del Plan Integral de Modernización del Comercio Interior de Andalucía.

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Por Orden de 9 de marzo de 1998 (B.O.J.A. núm. 41, de 14 de Abril), se establecieron las bases reguladoras de las ayudas a asociaciones y organizaciones empresariales en desarrollo del Programa de Cooperación Empresarial del Plan Integral de Modernización del Comercio Interior de Andalucía.

En virtud de las facultades conferidas en la citada Orden y de conformidad con lo dispuesto en el Título VIII de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Dirección General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica,

RESUELVE

Primero. Convocar para el ejercicio de 1999 la concesión de ayudas económicas a asociaciones y organizaciones empresariales, según las bases y el procedimiento regulado en la Orden de 9 de marzo de 1998 (B.O.J.A. núm. 41, de 14 de abril) por la que se regula la concesión de ayudas a las asociaciones y organizaciones empresariales en desarrollo del Programa de Cooperación Empresarial del Plan Integral de Modernización del Comercio Interior de Andalucía.

Segundo. Los proyectos de inversión aprobados se han de iniciar en el año 1999.

Tercero. La concesión de las ayudas de la presente convocatoria estará limitada a las disponibilidades presupuestarias correspondientes a los créditos consignados en el programa

6.5.A del presupuesto de gasto de la Junta de Andalucía para el ejercicio de 1999.

Cuarto. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado que figura como Anexo a la Orden de 9 de marzo de

1998, debiendo acompañar a las mismas toda la documentación a que hace referencia el artículo 10 de la citada Orden.

Asimismo habrá de acompañarse cualquier otra documentación que la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1999 establezca en relación a las subvenciones y otras ayudas públicas en cuanto sea aplicable a las ayudas objeto de la presente convocatoria.

Quinto. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde la entrada en vigor de la presente Resolución.

Sexto. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de noviembre de 1998.- La Directora General, Rosamar Prieto-Castro García-Alix.