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Mediante Orden de esta Consejería de fecha 21 de enero de
1998 se aprobaron las normas por las que se ha de regir la concesión de subvenciones a Entidades Locales y Entidades Públicas de carácter supramunicipal para la mejora de su infraestructura durante el ejercicio 1998.
Una vez evaluadas las solicitudes formuladas y cumplidos los requisitos de tramitación conforme al procedimiento dispuesto por dicha normativa, mediante la presente Orden se procede a conceder subvenciones a las Entidades que se especifican para los proyectos y actuaciones que han sido considerados prioritarios, todo ello de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el artículo 4 de la citada Orden de 21 de enero de 1998.
En su virtud, en uso de las facultades y competencias que me confieren el art. 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el art. 104 de la Ley General de Hacienda Pública; y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1997, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1998, y en la Orden de 21 de enero de 1998.
DISPONGO
Primero. Se concede una subvención a las Entidades Locales y Entidades Públicas de carácter supramunicipal que se detallan en el anexo adjunto a la presente Orden por el importe y proyectos en el mismo consignados, con cargo a la aplicación presupuestaria 765.00.81.A.
Segundo. Las subvenciones concedidas deberán ser aplicadas a la ejecución de los proyectos y actuaciones para las que han sido otorgadas.
Tercero. La subvención se hará efectiva mediante el abono de un
75 por 100 de su importe, librándose el 25 por 100 restante una vez haya justificado el pago anterior.
Cuarto. La justificación se realizará ante la Consejería de Gobernación y Justicia, Dirección General de Administración Local, en la forma establecida por el artículo 11 de la Orden de convocatoria de 21 de enero de 1997.
Quinto. Las obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones concedidas por la presente Orden así como, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas se regularán por lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Orden de 21 de enero de 1998.
Sexto. Se avoca la resolución de la concesión de la subvención otorgada por la presente Orden, sin perjuicio de la subsistencia de las delegaciones de competencias conferidas sobre esta materia.
Séptimo. De la presente Orden se dará conocimiento a las Entidades afectadas y será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y expuesta en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y Justicia y sus Organos periféricos.
Sevilla, 4 de diciembre de 1998.
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación y Justicia
ANEXO
Municipio Finalidad Importe
Ronda Adquisición vehículo protección
civil, adquisición furgoneta para
obras y mejoras aseos
dependencias municipales. 5.000.000
Los Morales Obras de reparación
dependencias municipales 3.000.000
Carrión de los C. Adquisición depuradora
piscina municipal 3.000.000
Herrera Adquisición sistema
climatización Casa Cultura 1.804.684
Osuna Adquisición edificio para
servicios administrativos 10.000.000
Camas Adquisición mobiliarios
dependencias municipales 30.000
Total 23.104.684