Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 12/03/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 12 de febrero de 1998, de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía como consecuencia de la creación del Instituto Andaluz de la Juventud.

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PREAMBULO

La Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, crea en su Disposición Adicional Primera el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo, de carácter administrativo, adscrito a la Consejería de la Presidencia.

El Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, faculta en su Disposición Transitoria Primera, aptdo. 2, a la Consejería de Gobernación y Justicia para proceder, de acuerdo con la Consejería de la Presidencia, a las modificaciones necesarias en la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo. Todo ello a fin de adscribir al Instituto los puestos correspondientes a sus competencias y en tanto se aprueba la relación de puestos de trabajo del mismo, adaptada a la estructura orgánica aprobada en el citado Decreto

118/1997.

Por otra parte, en orden a la adscripción de los puestos bases adscritos anteriormente a los servicios de juventud de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura, así como otros que se hallaban adscritos en los servicios centrales, dicha Consejería ha acordado con el Instituto Andaluz de la Juventud la correspondiente transferencia de puestos y personal ocupante de los mismos.

De acuerdo con lo anterior se ha llevado a cabo reunión sobre la transferencia de personal con las organizaciones sindicales, presentes en la Mesa Sectorial en Administración General, constando en esta Consejería de Gobernación y Justicia el acta correspondiente.

En virtud de la facultad arriba citada y de acuerdo con las Consejerías afectadas,

DISPONGO

Artículo primero. Relación de puestos de trabajo, correspondiente al Instituto Andaluz de la Juventud.

Los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo de la presente Orden quedan asignados al Instituto Andaluz de la Juventud, en los centros de destino y localidades que se indican, quedando en consecuencia suprimidos de la relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de Cultura.

En Anexo 2 se relacionan los puestos suprimidos o modificados en la Consejería de Cultura que se adscriben al Instituto Andaluz de la Juventud con nuevo código.

Artículo segundo. Personal afectado por cambio de código. El personal procedente de puestos de la Consejería de Cultura, afectado por cambio de código, queda adscrito a los puestos que se indican en el Anexo 3, con idénticas características y situación administrativa a las existentes en su anterior puesto.

Disposición Adicional Primera. Modificación Presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se llevarán a cabo las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en la presente Orden, de acuerdo con el procedimiento establecido.

Disposición Adicional Segunda.

La presente Orden surtirá efectos administrativos y económicos a partir del

1 de marzo de 1998.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de febrero de 1998

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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