Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 12/03/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 24 de febrero de 1998, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, la Fundación denominada Bahía de Cádiz para el Desarrollo Económico, de Cádiz.

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Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de esta Consejería, de la Fundación denominada «Bahía de Cádiz para el Desarrollo Económico¯, constituida y domiciliada en Cádiz, en plaza San Juan de Dios, s/n, Edificio Amaya.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 23 de mayo de 1997, ante don José Ramón Salamero Sánchez-Gabriel, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 1.168, rectificadas por el mismo Notario con fecha 3 de diciembre de 1997, con número de protocolo

2.703, y con fecha 23 de enero de 1998, con número de protocolo 140, figurando como fundadores don Rafael Román Guerrero en representación de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y otros.

Segundo. Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes:

- El fomento económico y la promoción de empleo, ofreciendo para ello a empresarios potenciales, y a los de reciente constitución el asesoramiento en la gestión empresarial, así como la prestación de los servicios precisos para la constitución y asentamiento de proyectos empresariales en el ámbito de actuación, al objeto de dinamizar el tejido socio-económico en la zona generando riqueza y empleo.

- Participar en la activación y desarrollo de la economía laboral, logrando que los recursos humanos, físicos y económicos se adapten a las necesidades que implica la potenciación del sector empresarial, especialmente la creación de nuevas pequeñas y medianas empresas, y el desarrollo de las ya existentes, que suelen mostrarse bastante receptivas a la innovación y al progreso tecnológico.

- Identificar las iniciativas más prometedoras, y que el desarrollo de las mismas estén basadas en una planificación empresarial estratégica y profesional, descubrir proyectos empresariales, fomentar la creación y expansión de PYMEs, capacitando su diversificación y modernización, todo ello garantizando que se emplee correctamente el potencial económico de la Bahía y que los recursos económicos públicos y privados se destinen a aquellos proyectos empresariales, especialmente innovadores, capaces de consolidarse, contribuyendo a la creación de empleo y regeneración de riqueza.

- Fomento del empleo a través de la promoción y desarrollo de programas de formación para personas que quieran acceder o reincorporarse al mercado laboral, así como el reciclaje, perfeccionamiento y reconversión, mediante la formación continua dentro de la empresa.

- Fomento del desarrollo de nuevas tecnologías a través de la programación de cursos y seminarios que incorporen y potencien el conocimiento de nuevos procedimientos científicos, comerciales e industriales, y cualesquiera otros con la finalidad de servir de apoyo a la realización de programas de investigación y desarrollo.

Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por un millón ochocientas mil pesetas (1.800.000 pesetas), ingresadas en la cuenta corriente número 0230000043 de Unicaja a nombre de la Fundación «Bahía de Cádiz para el Desarrollo Económico¯.

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía de modo exclusivo a un Patronato que estará formado por un mínimo de quince miembros, siendo su Presidente el Presidente de la Confederación de Empresarios de la provincia de Cádiz.

Vistos: La Constitución española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Decreto

2930/72, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/83, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto

3936/82, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y Fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero. Reconocer el interés público de la Entidad, e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación «Bahía de Cádiz para el Desarrollo Económico¯, con domicilio en Cádiz, en Plaza San Juan de Dios, s/n, Edificio Amaya.

Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en las escrituras públicas de fecha 24 de mayo de 1997, rectificadas con fechas 3 de diciembre de 1997 y

23 de enero de 1998.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con el artículo 109.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se podrá interponer en el plazo de 2 meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la dicta, según exige el artículo 110.3 de la citada Ley y el artículo 57.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de febrero de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia