Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 10/01/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 15 de diciembre de 1997, de la Dirección General de Administración Local, por la que se autoriza a don Angel López Rubio, Secretario de la Agrupación de los Municipios de Colmenar y Comares (Málaga), a desempeñar las funciones del puesto de trabajo de Secretaría, en la Agrupación de los Municipios de Moclinejo y Macharaviaya (Málaga).

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Los Municipios de Moclinejo y Macharaviaya (Málaga), acordaron solicitar de esta Comunidad Autónoma mediante Resolución de su Presidencia de fecha 2 de diciembre de 1997, y en sesión celebrada el día 28 de noviembre del mismo año, respectivamente, la autorización para la acumulación de las funciones de Secretaría a favor de don Angel López Rubio, Secretario de la Agrupación de los Municipios de Colmenar y Comares (Málaga).

Los Ayuntamientos de Colmenar y Comares (Málaga), mediante Resoluciones de sus Presidentes, de fecha 1 de diciembre de 1997, no ponen reparos a que el indicado funcionario se haga cargo en forma acumulada de la función de Secretaría de la Agrupación de los Municipios de Moclinejo y Macharaviaya (Málaga).

La petición formulada por los Ayuntamientos de Moclinejo y Macharaviaya (Málaga) para que se autorice dicha acumulación de funciones, está fundamentada en la necesidad de asistencia profesional para los asuntos que afecten a la buena marcha de la Corporación, funciones éstas de carácter público y necesarias en todas las Corporaciones Locales, tal y como dispone el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Con este propósito se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo establecido en los artículos 129 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y 31 del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo único: Autorizar la acumulación de función del puesto de trabajo de Secretaría de la Agrupación de los Municipios de Moclinejo y Macharaviaya (Málaga), a don Angel López Rubio, N.R.P. 24886398/57/A3015, Secretario de la Agrupación de los Municipios de Colmenar y Comares (Málaga).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 48., apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la administración de esta Comunidad Autónoma, y el art. 109, apartado d), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General, de conformidad con el art. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 15 de diciembre de 1997.- El Director General, Jesús Mª Rodríguez Román.