Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 19/03/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 25 de febrero de 1998, por la que se financia la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Jaén con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997.

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Determinada por Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los créditos que, durante el ejercicio 1997, contraigan las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en concierto con el INEM y de acuerdo con el Programa de Fomento de Empleo Agrario, la Diputación Provincial de Jaén ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Administración de la Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/Diputaciones Provinciales, así como con el suscrito entre la Administración de la Junta de Andalucía y dicha Diputación Provincial, la subvención a que hace referencia el artículo

2 de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4.1 del mismo Decreto.

Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997,

D I S P O N G O

Primero. Dentro de los límites establecidos por el artículo 3 del Decreto

219/1997, de 30 de septiembre, se financian en un 75% las cantidades que en concepto de amortización de capital e intereses ha de sufragar la Diputación Provincial de Jaén al Banco de Crédito Local por los créditos concedidos por esta Entidad para la ejecución de los proyectos de obras afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario del ejercicio 1997.

Segundo. Se concede una subvención a la Diputación Provincial de Jaén por un importe total de 198.325.310 ptas., desglosado en las cantidades que figuran en Anexo a la presente Orden y con destino a las Corporaciones Locales detalladas en el mismo, en el que consta, igualmente, las aportaciones de la Administración Estatal, Provincial y Local.

Tercero. Los proyectos de obra que se subvencionan son los determinados en el acuerdo alcanzado por la Comisión Provincial de Seguimiento para el Programa de Fomento de Empleo Agrario de 1997 y para las Entidades Locales que se relacionan en el Anexo.

Cuarto. Conforme dispone el artículo 8 del Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, y a los efectos de financiar el coste de materiales de los proyectos de obras afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario de 1997, la Diputación Provincial de Jaén podrá disponer del préstamo suscrito con el Banco de Crédito Local por un importe máximo de 264.433.745 ptas.

Quinto. La Diputación Provincial de Jaén deberá remitir a la Consejería de Gobernación y Justicia, antes del 31 de diciembre de 1998, valoración definitiva de las obras ejecutadas en los términos que establece el Decreto y el Convenio regulador del Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997.

En cualquier caso, el expediente correspondiente a la citada valoración debe aportar certificación acreditativa en la que se indique relación municipalizada de todos y cada uno de los proyectos de obras realizadas con indicación expresa de las cuantías finales aportadas por cada uno de los organismos participantes.

Sexto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, las Entidades Locales beneficiarias deberán colocar en cada obra afecta al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997 y en lugar visible un cartel en el que consten expresamente las Entidades que cooperan en la financiación del mismo.

El logotipo de identificación corporativo de la Junta de Andalucía en dicho cartel deberá ajustarse al Decreto 127/1985, de 12 de junio, regulador del manual de identidad corporativo de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como su traslado a la Diputación Provincial de Jaén y al Banco de Crédito Local, a los efectos pertinentes.

Sevilla, 25 de febrero de 1998

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

CORPORACION APORTACION APORTACION APORTACION APORTACION LOCAL INEM JUNTA AND. DIP.PROV. MUNICIPAL

ALCALA LA REAL 54.283.000 16.284.900 5.428.300 5.428.300. ALCAUDETE 6.106.000 1.831.800 610.600 174.457. ARJONA 22.101.000 6.630.300 2.210.100 ARQUILLOS 14.010.000 4.203.000 1.401.000 BAILEN 7.622.946 2.286.884 762.294 5.134.515. BAÑOS DE LA ENCINA 4.390.000 1.317.000 439.000 BEAS DE SEGURA 23.660.394 7.098.119 2.366.039 4.995.892. BEDMAR Y GARCIEZ 4.751.000 1.425.300 475.100 BENATAE 3.675.000 1.102.500 367.500 494.500. CABRA DE SANTO CRISTO 11.245.000 3.373.500 1.124.500 CAMPILLO DE ARENAS 15.566.000 4.669.800 1.556.600 CARCHELES (LOS) 6.239.000 1.871.700 623.900 CAROLINA (LA) 2.770.000 831.000 277.000 277.000. CAZALILLA 5.925.000 1.777.500 592.500 CAZORLA 15.431.000 4.629.300 1.543.100 ESPELUY 1.847.000 554.100 184.700 FUENSANTA DE MARTOS 13.185.000 3.955.500 1.318.500 1.318.420. GUARDIA DE JAEN (LA) 3.380.000 1.014.000 338.000 HORNOS 4.110.000 1.233.000 411.000 HUELMA 16.875.000 5.062.500 1.687.500 1.687.500. HUESA 2.690.000 807.000 269.000 270.650. IBROS 4.854.000 1.456.200 485.400 IRUELA (LA) 8.295.000 2.488.500 829.500 JABALQUINTO 16.785.000 5.035.500 1.678.500 JAMILENA 16.295.000 4.888.500 1.629.500 JIMENA 9.306.000 2.791.800 930.600 765.267. JODAR 81.675.000 24.502.500 8.167.500 23.226.275. LARVA 2.984.000 895.200 298.400 MANCHA REAL 9.439.000 2.831.700 943.900 1.864.023. MARTOS 29.723.000 8.916.900 2.972.300 13.271.253. MENGIBAR 8.965.000 2.689.500 896.500 39.639. MONTIZON 13.096.000 3.928.800 1.309.600 NAVAS DE SAN JUAN 23.899.034 7.163.700 2.387.900 ORCERA 4.225.000 1.267.500 422.500 630.462. PEAL DE BECERRO 5.608.000 1.682.400 560.800 9.000.000. PEGALAJAR 7.944.122 2.383.237 794.412 794.412. PORCUNA 27.696.902 8.309.070 2.769.690 POZO ALCON 9.032.000 2.709.600 903.200 903.200. PUERTA DE SEGURA (LA) 14.315.000 4.294.500 1.431.500 1.433.528. SANTA ELENA 2.373.000 711.900 237.300 237.300. SANTIAGO DE CALATRAVA 2.979.000 893.700 297.900 SANTIAGO-PONTONES 3.196.000 958.800 319.600 319.600. SORIHUELA DEL GUADALIMAR 3.500.000 1.050.000 350.000 TORRE DEL CAMPO 22.090.000 6.627.000 2.209.000 10.479.043. TORRES 7.085.000 2.125.500 708.500 VALDEPEÑAS DE JAEN 7.214.000 2.164.200 721.400 VILLACARRILLO 37.270.000 11.181.000 3.727.000 30.188.593. VILLANUEVA DE LA REINA 3.514.000 1.054.200 351.400 100.000. VILLARDOMPARDO 6.345.000 1.903.500 634.500 VILLARES (LOS) 6.004.000 1.801.200 600.400 3.510.642. VILLATORRES 25.535.000 7.660.500 2.553.500

TOTAL: 661.104.398 198.325.310 66.108.435 116.544.471.