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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AGRUPACION LOCAL DE TAXIS DE PUERTO REAL (CADIZ)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Bajada de bandera 128 ptas. Km recorrido 66 ptas. Hora de espera 1.718 ptas. Suplemento por maletas 56 ptas. Suplemento días festivos 81 ptas. Suplemento nocturnidad 81 ptas. Carrera mínima 327 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 10 de marzo de 1998
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda