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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
GDF AUTOBUSES URBANOS, S.A. EL PUERTO DE SANTA MARIA (CADIZ)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete ordinario 90 ptas. Bono-bus ordinario (10 viajes) 700 ptas. Bono-bus pensionista (10 viajes) 550 ptas. Bono-bus escolar (10 viajes) 600 ptas. Bono-bus dorado (10 viajes) 10 ptas. Billete servicios especiales 100 ptas. Billete tren turístico 200 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 10 de marzo de 1998
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda